Decreto 41 EXENTO
Decreto 41 EXENTO DECLARA PLENA AUTONOMÍA AL INSTITUTO PROFESIONAL AGRARIO ADOLFO MATTHEI, DE OSORNO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 27-ENE-2011
Publicación: 16-MAR-2011
Versión: Única - 16-MAR-2011
DECLARA PLENA AUTONOMÍA AL INSTITUTO PROFESIONAL AGRARIO ADOLFO MATTHEI, DE OSORNO
Núm. 41 exento.- Santiago, 27 de enero de 2011.
Considerando:
Que, el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei de la ciudad de Osorno ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en el DFL Nº 5 de 1981, mediante decreto exento de Educación Nº 280 del 1 de diciembre de 1981 modificado por decretos exentos Nº 119 del 17 de julio de 1989 y Nº 545 del 15 de julio de 2003 e inscrito en el Registro correspondiente con el Nº 5;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 110º del DFL Nº 2 de 2009 del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial de fecha de 2 de julio de 2010, que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005 de Educación, se considera de pleno derecho reconocido oficialmente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 111º del DFL Nº 2 de 2009 del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de julio de 2010, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005 de Educación, los Institutos Profesionales que no opten por el sistema de licenciamiento podrán mantenerse en las condiciones de examinación actualmente vigentes;
Que, por Certificado Nº 06/553 de fecha 13 de abril de 1992, el Ministerio de Educación certificó que la carrera de Perito Agrícola que imparte el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei, ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 14º del DFL Nº 5 de 1981 del Ministerio de Educación, a contar del año 1991, según lo acredita la Universidad Austral de Chile, quien actuó como entidad examinadora de la citada carrera;
Que, mediante decreto exento de Educación Nº 1.178 de fecha 27 de noviembre de 2002, se autorizó el cambio de denominación de la carrera Perito Agrícola aprobada para el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei, por el Ingeniería de Ejecución en Agronomía, a contar del año 2001;
Que, la Universidad de Los Lagos en su calidad de entidad examinadora del citado Instituto Profesional en la carrera de Ingeniería de Ejecución en Agronegocios, ha certificado con fecha septiembre de 2009 que el proceso de examinación de las tres primeras promociones de los alumnos de la carrera antes citada ha culminado satisfactoriamente, con arreglo a lo establecido en el artículo 14º del DFL Nº 5 de 1981;
Que, en virtud de dicha información, mediante decreto exento de Educación Nº 1.642 de fecha 13 de octubre de 2010, se declaró la independencia de la carrera de Ingeniería de Ejecución en Agronegocios impartida por el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei, a contar del año 2010;
Que, de acuerdo a lo señalado en el inciso 2º del artículo 13º del DFL Nº 5 de 1981, el Instituto Profesional que esté otorgando independientemente dos o más títulos profesionales, podrá crear otros títulos profesionales sin sujetarse al procedimiento establecido para el programa inicial; por lo que corresponde de acuerdo a la ley declarar su plena autonomía;
Que, la División de Educación Superior, habida cuenta de los antecedentes disponibles en sus archivos sobre el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei, más los antecedentes entregados en el informe de la visita institucional, realizada con fecha 18 y 19 de noviembre de 2010, concluyó que la institución se percibe como una entidad que ha alcanzado una madurez institucional reflejada en un satisfactorio desempeño presente y ha logrado un posicionamiento como opción educacional de prestigio, con una clara imagen de una válida alternativa de educación superior importante en la región, lo que posibilita la mantención de tal conducta en el futuro por lo que corresponde de acuerdo al DFL Nº 5 de 1981 de Educación y al DFL Nº 2 de 2009 de Educación, declarar su plena autonomía;
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 110º del DFL Nº 2 de 2009 del Ministerio de Educación, publicado en el Diario Oficial de fecha 2 de julio de 2010, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº 20.370, Ley General de Educación, con las normas no derogadas del DFL Nº 1 de 2005 de Educación, en el DFL Nº 5 de 1981 y decreto supremo Nº 104 de 1997, ambos del Ministerio de Educación, en la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República;
Decreto:
Artículo 1º: Declárase que el Instituto Profesional Agrario Adolfo Matthei de Osorno, ha obtenido su plena autonomía con arreglo a las normas que lo rigen y, en consecuencia, puede otorgar toda clase de títulos profesionales, con excepción de aquellos que, conforme a la ley, requieran haber obtenido el grado de Licenciado y títulos técnicos de nivel superior en las áreas en que otorgan los anteriores, en forma independiente.
Este decreto deberá anotarse en el Registro de Instituto Profesionales Nº 5 de la División de Educación Superior,
Artículo 2º: Lo dispuesto precedentemente es sin perjuicio de la facultad del Ministerio de Educación de requerir antecedentes, para cumplir con sus funciones de información al público y las que le corresponden de conformidad con el artículo 49º de la ley Nº 20.129 de 2006 del Ministerio de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 16-MAR-2011
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16-MAR-2011 |
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