Resolución 4779 EXENTA
Resolución 4779 EXENTA DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL DE LICEO TÉCNICO PROFESIONAL TECHNOS, RBD Nº 7399-7, DE LA COMUNA DE OSORNO, SEGÚN ARTÍCULO 52 BIS DEL D.F.L. Nº 2 DE 1998
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 25-OCT-2010
Publicación: 29-OCT-2010
Versión: Única - 29-OCT-2010
DESIGNA ADMINISTRADOR PROVISIONAL DE LICEO TÉCNICO PROFESIONAL TECHNOS, RBD Nº 7399-7, DE LA COMUNA DE OSORNO, SEGÚN ARTÍCULO 52 BIS DEL D.F.L. Nº 2 DE 1998
Núm. 4.779 exenta.- Santiago, 25 de octubre de 2010.- Considerando:
1º Que, mediante Oficio Ordinario Nº 2212, de fecha 27 de septiembre de 2010, la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Lagos, doña Elly Kypreos García, solicita el nombramiento de un Administrador Provisional en el establecimiento educacional Liceo Técnico Profesional Technos, RBD Nº 7399-7, de la comuna de Osorno, con motivo de haber terminado la vigencia de la sociedad sostenedora, la Sociedad Educacional Technos Ltda. Añade que ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Osorno, en causa rol Nº 921-2009, se tramita la designación de Juez Árbitro para la liquidación y partición de dicha sociedad. Finalmente señala que por resolución exenta Nº 3462 de fecha 1º de septiembre de 2010 del Jefe Regional de Subvenciones de la Región de Los Lagos se instruyó en contra del citado establecimiento un proceso administrativo por infracción a las normas sobre adquisición y mantención del reconocimiento oficial.
2º Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 52 bis del D.F.L. Nº 2 de 1998 de Educación, el Subsecretario de Educación puede ordenar, por resolución fundada, la sustitución del sostenedor o su mandatario por un administrador provisional, para que asuma las funciones que competen al sostenedor de un establecimiento educacional subvencionado. La designación de administrador provisional procede cuando existe riesgo de afectar la continuidad del año escolar y puede fundarse, entre otras causales, en el atraso reiterado en el pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales y/o de salud del personal del establecimiento. Para estos efectos, existe atraso reiterado por la mora total o parcial en el pago de dos meses consecutivos o de tres en un período de seis.
3º Que, con el mérito del Acta de Fiscalización Nº 1103100284, de fecha 3 de agosto de 2010, la cual motivó el inicio de un proceso administrativo por infracción a las normas sobre adquisición y mantención del reconocimiento oficial del Estado, según resolución exenta Nº 3.462, de fecha 1º de septiembre de 2010, del Jefe Regional de Subvenciones de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Lagos, se encuentra acreditado que la Sociedad Educacional Technos Ltda., sostenedora del Liceo Profesional Technos Ltda. de la comuna de Osorno, ya no se encuentra vigente, por cuanto cuatro de sus socios manifestaron su voluntad de no renovar el plazo de vigencia de dicha sociedad, por lo que esta ha terminado por vencimiento del plazo para el cual fue constituida. Lo anterior ha sido certificado con fecha 6 de agosto de 2010 por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Osorno.
4º Que, conjuntamente con la instrucción del sumario administrativo señalado en el punto anterior, se ordenó la retención del total de la subvención educacional correspondiente al establecimiento Liceo Profesional Technos, de la comuna de Osorno, medida cautelar que se ha hecho efectiva respecto de la subvención educacional a contar del mes de agosto de 2010 y que continua vigente.
5º Que, por Oficio Ordinario Nº 1655 de fecha 21 de septiembre de 2010, el Jefe del Departamento Provincial de Educación de Osorno, dirigido a la Secretaria Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Lagos, informa que la situación del Liceo Profesional Technos, de la comuna de Osorno, es crítica, por cuanto su personal se encuentra con los sueldos impagos desde el mes de agosto de 2010. Por lo anterior, solicita la designación de un administrador provisional para dicho establecimiento, proponiendo al efecto a don Luis Heraldo Rumián Cañulef, funcionario destacado en dicho departamento provincial.
6º Que, según resolución exenta Nº 4.009, de fecha 13 de octubre de 2010, del Jefe Regional de Subvenciones de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Los Lagos, se aprobó el proceso administrativo por infracción a las normas sobre adquisición y mantención del reconocimiento oficial del Estado, instruido por resolución exenta Nº 3.462, de fecha 1º de septiembre de 2010 de la misma autoridad regional, y se aplicó la sanción de revocación del reconocimiento oficial del Estado al Liceo Profesional Technos de la comuna de Osorno a contar del año escolar 2011, y de inhabilidad perpetua de los socios de la sostenedora para mantener y participar en cualquier forma en la administración de establecimientos educacionales subvencionados.
7º Que, con la finalidad de asegurar la continuidad del presente año escolar y conducir el proceso de cierre del establecimiento educacional, se hace necesaria la designación de un administrador provisional para el establecimiento, según lo dispuesto por el artículo 52 bis del D.F.L. Nº 2 de 1998 de Educación, lo cual permitirá el normal desarrollo de las actividades escolares y, por sobre todo, la regularización de la situación de morosidad en el pago de cotizaciones previsionales respecto de su personal.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 52 bis del D.F.L. Nº 2 de Educación de 1998, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 2 de 1996 sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, el decreto supremo Nº 8.143 de Educación de 1980 y sus modificaciones y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:
1º Sustitúyese a la Sociedad Educacional Technos Ltda., cuya mandataria es doña Elisa Inés González Boldt, como sostenedora del establecimiento educacional Liceo Profesional Technos, RBD Nº 7399-7, de la comuna de Osorno, por un administrador provisional hasta el término del año laboral docente en curso.
2º Desígnase a don Luis Heraldo Rumián Cañulef, RUT Nº 9.367.594-0, Profesional Grado 10º E.U.R. destacado en el Departamento Provincial de Educación de Osorno, como Administrador Provisional del establecimiento educacional Liceo Profesional Technos, RBD Nº 7399-7, de la comuna de Osorno. Dicho funcionario tendrá las facultades dispuestas en el artículo 2132 del Código Civil, especialmente la de percibir la subvención que corresponda al citado establecimiento.
3º Por razones urgentes el administrador designado asumirá sus funciones de inmediato, sin esperar la total tramitación de la presente resolución, y permanecerá vigente durante todo el presente año laboral docente.
4º El Administrador Provisional designado deberá dar cuenta documentada de su gestión a esta autoridad dentro de los 30 días siguientes al término de sus funciones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 29-OCT-2010
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29-OCT-2010 |
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