Decreto 318
Decreto 318 DESIGNA TRANSITORIA Y PROVISIONALMENTE FISCAL NACIONAL DE OBRAS PÚBLICAS A DON GUILLERMO ALFONSO UGARTE PÉREZ DE ARCE
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Promulgación: 11-AGO-2010
Publicación: 23-OCT-2010
Versión: Única - 23-OCT-2010
DESIGNA TRANSITORIA Y PROVISIONALMENTE FISCAL NACIONAL DE OBRAS PÚBLICAS A DON GUILLERMO ALFONSO UGARTE PÉREZ DE ARCE
Núm. 318.- Santiago, 11 de agosto de 2010.- Vistos: Las facultades previstas en el Art. 32º, Nº 10, de la Constitución Política del Estado, lo estatuido en los artículos 4º, 7º, 16º de la ley Nº 18.834, según texto fijado por DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; lo previsto en las Arts. quincuagésimo noveno y sexagésimo de la ley Nº 19.882; en el Art. 40º del DFL, MINSEGPRES Nº 1-19.653, de 2000, en el DFL MOP, Nº 138, de 1991, las atribuciones del DFL MOP, Nº 850, de 1997, que fijó el texto actualizado de la ley Nº 15.840; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, don Jorge Norambuena Hernández, presentó la renuncia voluntaria al cargo de Fiscal Nacional de Obras Públicas, a contar del 31 de julio de 2010, la que fue aceptada por decreto MOP Nº 305, de 2010.
Que, según Certificado emitido por la Secretaría Técnica del Consejo de Alta Dirección Pública, de fecha 10 de agosto de 2010, se aprobó el perfil de selección del cargo de Fiscal Nacional del Ministerio de Obras Públicas.
Que, don Guillermo Alfonso Ugarte Pérez de Arce cumple con los requisitos del perfil aprobado para optar al cargo de Fiscal Nacional del Ministerio de Obras Públicas, por lo que se estimó necesario que pase a desempeñarse, a contar del 12 de agosto de 2010, en calidad transitoria y provisionalmente en dicha plaza y mientras se desarrolla el proceso de selección para proveer el referido cargo,
Decreto:
1º Desígnase, a contar del 12 de agosto de 2010, a don Guillermo Alfonso Ugarte Pérez de Arce, RUT Nº 7.085.746-4, abogado, en calidad transitoria y provisionalmente en el cargo de Fiscal Nacional, del Ministerio de Obras Públicas, Grado 1º C de la Escala Única de Sueldos, Jefe Superior de Servicio, con residencia en Santiago.
2º Establécese, que por razones de imprescindible necesidad del Servicio, la señalada designación surtirá todos sus efectos a contar de la fecha indicada precedentemente.
3º Páguese las remuneraciones correspondientes, con cargo a los fondos de la Fiscalía de Obras Públicas, a través de la Dirección de Contabilidad y Finanzas.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 23-OCT-2010
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23-OCT-2010 |
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