Decreto 338
Decreto 338 NOMBRA A DON CELSO HERNÁN ARIAS MORA COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ATACAMA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 31-AGO-2010
Publicación: 08-OCT-2010
Versión: Única - 08-OCT-2010
NOMBRA A DON CELSO HERNÁN ARIAS MORA COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE ATACAMA
Núm. 338.- Santiago, 31 de agosto de 2010.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por Decreto Supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ley Nº 19.305; DFL Nº 151, de 1981, del Ministerio de Educación; Decreto Supremo Nº 276, de 2006, del Ministerio de Educación; Carta Nº 030, de 19 de julio de 2010, de Rector de la Universidad de Atacama, comunicando al Sr. Presidente de la República el resultado de la elección de Rector; Decreto Nº 48, de 21 de enero de 2009, y Decreto Exento Nº 302, de 15 de junio de 2010, ambos de la Universidad de Atacama, y Acta del Comité Electoral de 15 de julio de 2010 de la misma Universidad,
Decreto:
Artículo 1º: Nómbrase, a contar del 13 de septiembre de 2010, a don Celso Hernán Arias Mora, RUT Nº 7.162.080-8, como Rector de la Universidad de Atacama, Grado A-1, por un período legal de cuatro (4) años.
Artículo 2º: El Rector nombrado asumirá sus funciones a contar de la fecha de su nombramiento, por razones de buen servicio, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
Artículo 3º: El Rector nombrado, a contar de la fecha de la presente designación, deja de servir el cargo de Decano de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Atacama, manteniendo la propiedad del cargo de Profesor Asociado, jornada completa, que sirve en esa Casa de Estudios Superiores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 letra e) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-OCT-2010
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08-OCT-2010 |
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