Decreto 72
Decreto 72 DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "CASCO HISTÓRICO DEL CEMENTERIO GENERAL", UBICADO EN LA COMUNA DE RECOLETA, REGIÓN METROPOLITANA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 29-ENE-2010
Publicación: 27-MAR-2010
Versión: Única - 27-MAR-2010
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO AL "CASCO HISTÓRICO DEL CEMENTERIO GENERAL", UBICADO EN LA COMUNA DE RECOLETA, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 72.- Santiago, 29 de enero de 2010.- Considerando:
Las cartas de apoyo a la declaratoria de Monumento Histórico para el Casco Histórico del Cementerio General, ingresadas por el arquitecto Tomás Domínguez Balmaceda, que incluyen a 1.039 personas, entre las que se encuentran el Comité de Patrimonio del Colegio de Arquitectos de Chile, dos Premios Nacionales de Arquitectura, arquitectos y personalidades del ámbito del patrimonio, la cultura e historia, apoyo desde el extranjero y el apoyo del Director del Cementerio General de Santiago;
Que, el Cementerio General, en su destino, es el recinto más grande y populoso de Chile, y el principal y más antiguo de la ciudad de Santiago;
Que, fue concebido originalmente como el Panteón Nacional y fundado en 1821 como obra de don Bernardo O’Higgins. Están enterrados en él, entre muchas personalidades del país, quienes son los padres de nuestra cultura republicana, totalizando al menos 172 personajes de gran relevancia histórica;
Que, su territorio marca un singular contexto urbano de la ciudad en el antiguo barrio La Chimba, compuesto por la plaza y el eje La Paz, el Cementerio Católico, la Zona Típica del Cerro Blanco, el Monumento Histórico Ex Hospital San José, englobando un sector relacionado a mantener culturalmente vivas a las personas extintas, la Necrópolis, pero también asociado a la salud y la presencia de los hospitales del entorno;
Que, posee en su interior abundantes testimonios sociales, culturales, políticos, de arquitectura funeraria y artísticos de gran valor estético, los cuales son representativos de la evolución de la ciudad y parte del país en los dos últimos siglos, plasmando así parte de la cosmovisión de nuestra cultura y de las transformaciones de las creencias en torno a la idea de la muerte;
Que, el valor artístico de sus obras se manifiesta en una colección de 237 esculturas de diversos materiales y épocas, testimonios de la evolución de la corriente artística de la escultura funeraria;
Que, el Cementerio General posee un extenso patrimonio inmaterial ligado a las creencias culturales, la fe, las tradiciones de los entierros, los ritos religiosos y las devociones seculares;
Que, dicho espacio, es un extenso parque urbano en medio de la ciudad, con especies arbóreas de gran antigüedad y tamaño, constituyéndose con la connotación de un paisajismo de luto;
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la ley Nº 17.288, de 1970; el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el oficio ordinario Nº 27 de 7 de mayo de 2009 del Cementerio General; el oficio ordinario Nº 4.720 de 9 de noviembre de 2009 y el oficio ordinario Nº 96 de 12 de enero de 2010, ambos del Consejo de Monumentos Nacionales; el acta de sesión del Consejo de Monumentos Nacionales (punto 151) de 8 de julio de 2009; carta de apoyo del señor Tulio Guevara Valle que consta en el oficio ordinario Nº 36 de 9 de junio de 2009; correo electrónico en que consta el apoyo del Comité de Patrimonio del Colegio de Arquitectos de Chile de 12/05/2009; listado de 1.039 personas que apoyan la iniciativa, que consta en documento de fecha 08/05/2009; y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República de Chile.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, al Casco Histórico del Cementerio General, ubicado en el sector emplazado en calle Profesor Zañartu Nº 951, de la comuna de Recoleta, Región Metropolitana, delimitado por el polígono acordado por el Consejo de Monumentos Nacionales, en los siguientes términos: al Poniente: San José; al Norte: Limay; al Nororiente: los pabellones ubicados al norte y sur de Limay, entre Alejandro del Río y Oriente de Piedra; al Oriente: Alejandro del Río; al Sur: Alejandro del Río (entre Alejandro del Río y Belisario Prats); al Poniente: Belisario Prats (entre Alejandro del Río y Profesor Zañartu), y al Sur: por calle Profesor Zañartu, incluyendo la Plaza La Paz con los portales semicircular.
El área protegida comprende una superficie de 282.560,44 mts2, la que se grafica en el polígono con las letras A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-A, del plano adjunto, que forma parte del presente decreto y cuyo detalle es el siguiente:

Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-MAR-2010
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27-MAR-2010 |
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