Decreto 1613
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Decreto 1613
Decreto 1613 APRUEBA CONTRATO MODIFICATORIO QUE INDICA
MINISTERIO DE HACIENDA
Promulgación: 23-DIC-2009
Publicación: 08-MAR-2010
Versión: Única - 08-MAR-2010
APRUEBA CONTRATO MODIFICATORIO QUE INDICA
Núm. 1.613.- Santiago, 23 de diciembre de 2009.- Vistos: El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el DL Nº 1.263, de 1975, y sus modificaciones; la ley Nº 20.314; el artículo 8 número 8.3 de la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el DS Nº 551, de 1982, modificado por los DS Nº 1.231, de 1989 y Nº 698, de 1997, todos del Ministerio de Hacienda, y el DL Nº 2.349, de 1978,
Decreto:
Apruébase el Contrato Modificatorio Nº 4 del Convenio de Préstamo BID Nº 1585/OC-CH, Programa de Fortalecimiento de la Estrategia Digital de Chile - Fase I, celebrado entre la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), cuyo tenor es el siguiente:
CONTRATO MODIFICATORIO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
Programa de Fortalecimiento de la Estrategia Digital de Chile - Fase I
CONTRATO MODIFICATORIO
Contrato Modificatorio celebrado entre la República de Chile, en adelante denominada el "Prestatario", y el Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante denominado el "Banco".
ARTÍCULO PRIMERO
Se introduce la siguiente modificación en las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo Nº 1585/OC-CH, suscrito entre el Banco y el Prestatario el 26 de enero de 2005, y sus modificaciones, en adelante denominado el "Contrato":
En la Cláusula 3.05 "Plazo para comprometer y para desembolsar los recursos del Financiamiento", los incisos (b) y (c) leerán así:
"(b) El plazo para comprometer los recursos del Financiamiento por parte del Organismo Ejecutor y de los co-ejecutores del Programa finalizará el 30 de septiembre de 2010. Este plazo podrá ser modificado entre las partes mediante intercambio de cartas que expresen un nuevo acuerdo al respecto."
"(c) El plazo para finalizar los desembolsos de la parte del Financiamiento que hubiere sido comprometida, de acuerdo con el inciso (b) anterior, finalizará el 31 de diciembre de 2010. Este plazo podrá ser modificado entre las partes mediante intercambio de cartas que expresen un nuevo acuerdo al respecto."
ARTÍCULO SEGUNDO
Se introducen las siguientes modificaciones en el Anexo A del Contrato:
1. El párrafo 2.02 leerá así:
"2.02 El objetivo de este componente es fortalecer
la institucionalidad para el desarrollo del
GE en Chile. El componente incluye el
financiamiento de cinco subcomponentes: (a)
apoyo a la gestión (arquitectura
institucional del GE); (b) desarrollo de la
plataforma integrada de los servicios
electrónicos del Estado (apoyo a la puesta en
marcha de la Ley de Procedimiento
Administrativo), incluyendo la ampliación de
la Plataforma de Interoperabilidad, con el
propósito de extender los beneficios del
intercambio electrónico de datos entre
organismos del Estado; (c) fortalecimiento de
la transparencia y eficiencia en las compras
públicas (Chilecompra); (d) desarrollo de
aplicaciones que permitan el acceso a
información y servicios públicos a través de
telefonía celular (servicios móviles de
gobierno), y (e) desarrollo de centros de
emprendimiento."
2. El párrafo 2.06 leerá así:
"2.06 Este primer proyecto de apoyo a la
implantación de la Plataforma Integrada
financiará: (i) la realización de estudios
complementarios a los realizados en la FAPEP;
(ii) la implementación de la fase 1 de la
plataforma con 5 organismos públicos; (iii)
la mantención evolutiva de la plataforma, y
(iv) la incorporación de nuevos organismos
públicos a la misma."
3. El párrafo 2.09 leerá así:
"2.09 Este subcomponente contempla el desarrollo de
actividades en cinco proyectos: (i)
plataforma electrónica y tecnología; (ii)
formación y capacitación; (iii) gestión de
compras y convenios marco; (iv) desarrollo de
Centros de Emprendimiento, y (v) servicios
móviles de gobierno."
4. El párrafo 2.12 leerá así:
"2.12 El proyecto de Gestión de Compras y Convenios
Marco tiene el propósito de generar
políticas, directrices e iniciativas que sean
transversales en el sector público,
orientadas a racionalizar el uso de recursos
del Estado por concepto de compras y
contrataciones, y promocionar el uso de las
TICs en las pequeñas y medianas empresas."
5. El subtítulo 2.a "Campaña de Alfabetización Digital", leerá "Habilitación de Competencias Digitales en los Ciudadanos".
6. El párrafo 2.15 leerá así:
"2.15 El objetivo de este subcomponente, a ser
ejecutado por el Ministerio de Educación,
Fundación Chile y la Dirección de
Bibliotecas, Archivos y Museos (programa
Biblioredes), es apoyar la extensión del uso
y apropiación de las TICs en las personas con
mayor riesgo de exclusión digital, mediante
su incorporación paulatina y consciente en la
sociedad del conocimiento y en los jóvenes en
el sistema educativo".
7. El párrafo 2.16 leerá así:
"2.16 El subcomponente financiará: (i) desarrollo
de una campaña de comunicación y
sensibilización; (ii) fortalecimiento de la
gerencia de la Campaña Nacional de
Alfabetización Digital (equipamiento,
asesoría técnica estratégica, apoyo
administrativo y comunicacional); (iii)
asistencia técnica para el fortalecimiento de
los programas de capacitación que actualmente
se ofrecen a través de la red de acceso a
Internet que forman parte de la campaña de
alfabetización digital y de acuerdo a los
objetivos; (iv) asistencia técnica para el
desarrollo de un sistema de información y
monitoreo; (v) asistencia técnica para el
desarrollo de un modelo de evaluación del
impacto de la campaña de alfabetización
digital, que incluye un "Observatorio
Digital" de la campaña; (vi) desarrollo del
portal Educar Chile 2.0, y (vii) desarrollo
de contenidos educativos para la habilitación
de competencias digitales."
8 El párrafo 2.20 leerá así:
"2.20 El objetivo del subcomponente, a ser
ejecutado por la Subsecretaría de Salud, del
Ministerio de Salud, es dar inicio al
desarrollo del Plan Director de Tecnología de
Información en Salud (PDTIS) apoyando la
puesta en marcha de la Reforma de Salud y, en
especial, la implementación del sistema de
garantías del Plan de Acceso Universal para
prestaciones integrales y Garantías
Explícitas (Plan AUGE), en el ámbito del
fortalecimiento de los sistemas de
información y en la definición e
implementación de herramientas de soporte
informático. Adicionalmente, otro objetivo
del subcomponente es mejorar la eficiencia de
las compras y aprovisionamiento de insumos
médicos."
9. El párrafo 2.21 leerá así:
"2.21 El Programa financiará las siguientes
actividades: (i) Coordinación, Administración
y Evaluación; (ii) revisión de experiencias
exitosas de desarrollo en el sector; (iii)
Gestión de la Transformación en Salud; (iv)
Definición de estándares tecnológicos; (v)
Formulación de arquitectura detallada de TI,
definiendo estándares detallados, estructura
de hardware y software, y control de acceso
único y aplicaciones al nivel sectorial; (vi)
Desarrollo de experiencias piloto del sistema
de gestión hospitalaria; (vii) Desarrollo de
Sistema de Registro de Prestadores; (viii)
Desarrollo de Ventanilla única de Acceso a
Trámites en Salud; (ix) Flujo interno para
trámites y autorizaciones; (x) estudios de
oportunidades derivadas de innovaciones
tecnológicas en salud, tales como: Licencia
Médica Electrónica en el sector público, uso
de telefonía celular y telemedicina, y (xi)
apoyo a la implementación del plan piloto del
sistema electrónico de abastecimiento de
insumos médicos."
ARTÍCULO TERCERO
Las partes ratifican todas las demás disposiciones del Contrato, que se hallan en plena vigencia.
ARTÍCULO CUARTO
Las partes dejan constancia que la vigencia de este Contrato Modificatorio se inicia en la fecha en que, de acuerdo con las normas de la República de Chile, adquiera plena validez jurídica. El Prestatario se obliga a notificar por escrito al Banco dicha fecha de entrada en vigencia, acompañando la documentación que así lo acredite.
En fe de lo aquí establecido, el Prestatario y el Banco, actuando cada uno por medio de su representante autorizado, suscriben este Contrato Modificatorio en dos (2) ejemplares de igual tenor.
República de Chile, Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.- Banco Interamericano de Desarrollo, Jaime Alberto Sujoy, Representante en Chile.- Tesorería General de la República.- Contraloría General de la República.
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