Resolución 420
Resolución 420 CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA Y ELIMINA DEL REGISTRO RESPECTIVO A LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD MINERA TECNOLÓGICA DE CHILE (EN FORMACIÓN)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 28-JUL-2009
Publicación: 03-MAR-2010
Versión: Única - 03-MAR-2010
CANCELA PERSONALIDAD JURÍDICA Y ELIMINA DEL REGISTRO RESPECTIVO A LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD MINERA TECNOLÓGICA DE CHILE (EN FORMACIÓN)
Núm. 420.- Santiago, 28 de julio de 2009.- Conside-rando:
Que, con fecha 10 de octubre de 2008 la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile depositó el instrumento constitutivo de la persona jurídica organizadora de la Universidad Minera Tecnológica de Chile de la ciudad de Concepción (en formación), según escritura pública de fecha 9 de octubre de 2008;
Que, de acuerdo al artículo 50º del DFL Nº1 de 2005, del Ministerio de Educación que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, se procedió a inscribir a la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile en el Registro de Universidades C-Nº97 de fecha 10 de octubre de 2008 que mantiene el Ministerio de Educación;
Que, por ordinario Nº06/5073 de fecha 23 de diciembre de 2008, el Ministerio de Educación formuló observaciones al instrumento constitutivo de la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación), otorgando un plazo de sesenta días contado desde la fecha en el que le fueron notificadas las objeciones;
Que, mediante carta recibida con fecha 3 de junio de 2009, el representante legal de la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación), desiste del proceso de aprobación de los estatutos iniciado con fecha 10 de octubre de 2008;
Que, de acuerdo a lo anterior, la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación), no dio cumplimiento a lo dispuesto en el art. 51, inciso 3º del DFL Nº1 de 2005 de Educación;
Que, habiendo desistido del proceso de aprobación de los estatutos de la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile, procede que el Ministerio de Educación mediante resolución fundada ordene la cancelación de la personalidad jurídica y la eliminación del registro correspondiente de la citada Fundación Universitaria;
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 51º del DFL Nº1 de 2005, del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, la ley Nº18.956 y la resolución Nº1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República,
Resuelvo:
Artículo 1º.- Cancélase, a contar de esta fecha, la personalidad jurídica de la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile, organizadora de la Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación) de la ciudad de Concepción.
Artículo 2º.- Elimínase del Registro de Universidades C-Nº97 de fecha 10 de octubre de 2008 que mantiene el Ministerio de Educación, en que se encuentra inscrita la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación) de la ciudad de Concepción.
Impútense los gastos que eroguen la publicación en el Diario Oficial del presente acto administrativo a la Partida 09, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 22, Item 08, Asignación 999.
Anótese, tómese razón y publíquese en el Diario Oficial con cargo al Ministerio de Educación.- Mónica Jiménez de la Jara, Ministra de Educación.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Cristian Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcance resolución Nº420, de 2009, del Ministerio de Educación
Nº 6.686.- Santiago, 5 de febrero de 2010.
Esta Contraloría General ha procedido a tomar razón del documento de la suma, que cancela la personalidad jurídica y elimina del registro respectivo a la Fundación Universitaria Universidad Minera Tecnológica de Chile (en formación), pero cumple con hacer presente que la imputación del gasto involucrado en la publicación del acto en examen, efectuada al ítem 08, Servicios Generales, del Subtítulo 22, del presupuesto vigente del Ministerio de Educación, no se ajusta a la naturaleza de ese egreso, de acuerdo a lo previsto en el clasificador presupuestario contenido en el decreto Nº854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, de manera que dicha imputación deberá efectuarse en el futuro al ítem 07, Publicidad y Difusión, del mismo Subtítulo.
Con el alcance anotado, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra de Educación
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 03-MAR-2010
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03-MAR-2010 |
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