Decreto 148
Decreto 148 MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
Santiago, 13 de noviembre de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 148.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y
e) Los siguientes decretos supremos, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus respectivas modificaciones.
Señal Decreto que Otorga Zona de Servicio Región
Distintiva
XQB-205 Nº 307 de 05.06.1998 Localidad de San
Felipe V
XQB-234 Nº 336 de 08.07.1999 Localidad de
La Ligua V
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir dos (2) concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, otorgada mediante decretos supremos indicados en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 56.637 de 19.12.2008;
b) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 12.01.2009, notificada mediante ingreso Subtel Nº 12.202 de 16.01.2009, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 3.359 de 02.07.2009, que autorizó previamente las transferencias;
d) El instrumento privado de fecha 01.09.2009, que da cuenta material de la transferencia de las concesiones, así como de la inserción en la misma de la resolución de la letra c) anterior, que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso segundo del artículo 21º de la Ley;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de las concesiones, ingreso Subtel Nº 47.517 de 08.09.2009; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícanse las concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señales distintiva XQB-205 y XQB-234, para las localidades de San Felipe y La Ligua respectivamente, ambas de la V Región, cuyo titular es la Sociedad Radiodifusora Montecarlo Limitada, RUT Nº 79.688.830-K, según consta en los decretos supremos indicados en la letra e) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad José Enrique Gaete y Compañía Limitada, RUT Nº 78.823.140-7, con domicilio en calle Condell Nº 237, comuna de San Felipe, V Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 08-ENE-2010
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08-ENE-2010 |
Comparando Decreto 148 |
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