Resolucion 171 EXENTA
Resolucion 171 EXENTA DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN ENCARGADOS PROVINCIALES DE INSPECCIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN PALENA
Promulgación: 19-AGO-2009
Publicación: 17-SEP-2009
Versión: Única - 17-SEP-2009
DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN ENCARGADOS PROVINCIALES DE INSPECCIÓN
Núm. 171 exenta.- Palena, 19 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, de 1990, que reestructura el Ministerio de Educación Pública, y sus modificaciones; el decreto con fuerza de ley de Educación Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; decreto supremo de Educación Nº 177, de 1996, y sus modificaciones; decreto supremo de Educación Nº 8.143, de 1980; el decreto con fuerza de ley Nº 2 de Educación, de 1998, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, y sus modificaciones; decreto supremo de Educación Nº8.144, de 1980, y sus modificaciones; ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley Nº 19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza ley Nº 1, del Ministerio del Interior, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; resolución exenta Nº 798/2009 y resolución exenta Nº 799/2009, ambas de Subsecretaría de Educación; resolución exenta Nº 491, de 03.03.2009, de Secretaría Regional Ministerial de Educación de Los Lagos, en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones; ley Nº,20.314, de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 9, Capítulo 1, Programa 21, Glosa 02; ley 19.609, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo la política institucional del Ministerio de Educación modernizar y desconcentrar su gestión.
Que esta Dirección Provincial de Educación se encuentra inserta en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos al servicio de la educación de la provincia de Palena y el otorgamiento de una mejor atención al usuario.
Que en este marco normativo se ha detectado la necesidad de reforzar la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal, en el cumplimiento del decreto con fuerza de ley de Educación Nº 1, de 2005, que establece texto refundido, coordinado y sistematizado ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, y el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, y sus respectivos reglamentos, y optimizar los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones.
Que la delegación propuesta corresponde a facultades propias del Jefe Provincial de Educación y redundará en un mejoramiento de la gestión institucional.
Que conforme a la resolución exenta Nº 491, del 03.03.2009, de Secretaría Regional Ministerial de Educación, en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, es que se indica lo siguiente.
Resuelvo:
Artículo 1º: Delégase en el Jefe Unidad Provincial de pago de la Provincia de Palena la siguiente facultad: Informar al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, de acuerdo al artículo 24 del D.F.L. Nº 2, de Educación, de 1998, los establecimientos educacionales que no han dado a conocer a los padres y apoderados el sistema de exención de los cobros mensuales dentro del mes de agosto anterior.
Artículo 2º: Delégase en el Jefe Unidad Provincial de Inspección de la Provincia de Palena las siguientes facultades:
1.- Elaborar el informe fundado de las Actas de Fiscalización que contengan observaciones referidas a incumplimientos o pérdida de requisitos para mantener el reconocimiento oficial; remitir las Actas junto a dicho informe al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, como además fijar un plazo breve para subsanar aquellos incumplimientos detectados que sean leves; todo, de acuerdo al artículo 15 del D.S. de Educación Nº 177, de 1996, y el artículo 24 del D.S. de Educación Nº 8.144, de 1980.
2.- Encargarse de la inspección administrativa y financiera de los establecimientos educacionales subvencionados de esta jurisdicción, de acuerdo al artículo 16 de la ley Nº 19.856.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
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17-SEP-2009 |
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