Resolucion 223 EXENTA
Resolucion 223 EXENTA DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN ENCARGADOS PROVINCIALES DE INSPECCIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN CORDILLERA
Promulgación: 04-SEP-2009
Publicación: 14-SEP-2009
Versión: Única - 14-SEP-2009
DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN ENCARGADOS PROVINCIALES DE INSPECCIÓN
Núm. 223 exenta.- Puente Alto, 4 de septiembre de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley 18.956, de 1990, que reestructura el Ministerio de Educación Pública y sus modificaciones; el decreto con fuerza de ley de Educación N° 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; decreto supremo de Educación N° 177, de 1996 y sus modificaciones; decreto supremo de Educación N° 8.143, de 1980; el decreto con fuerza de ley N° 2 de Educación, de 1998, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales y sus modificaciones; decreto supremo de Educación N° 8.144 de 1980 y sus modificaciones; ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del 2001, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza ley N° 1, del Ministerio del Interior, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; resolución exenta N° 798/2009 y resolución exenta N° 799/2009, ambas de Subsecretaría de Educación; resolución exenta N° 422/2009 de Secretaría Regional Ministerial de Educación de Región Metropolitana, en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones; ley N° 20.314 de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 9, Capítulo 1, Programa 21, Glosa 02; ley 19.609; y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Considerando:
Que, es función del Ministerio de Educaciór adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo la política institucional del Ministerio de Educación modernizar y desconcentrar su gestión.
Que, esta Dirección Provincial de Educación, se encuentra inserto en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos al servicio de la educación de la provincia de Cordillera y el otorgamiento de una mejor atención al usuario.
Que, en este marco normativo, se ha detectado la necesidad de reforzar la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal, en el cumplimiento del decreto con fuerza de ley de Educación N° 1 de 2005 que establece texto refundido, coordinado y sistematizado ley N° 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza y el decreto con fuerza de ley N° 2 de 1998 sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales y sus respectivos reglamentos, y optimizar los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones.
Que, la delegación propuesta corresponde a facultades propias del Jefe Provincial de Educación y redundará en un mejoramiento de la gestión institucional.
Que, conforme a la resolución exenta N° 422/2009 de Secretaría Regional Ministerial de Educación en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, es que se indica lo siguiente,
Resuelvo:
Artículo 1°.- Delégase en el Encargado Provincial de Pago de la Provincia de Cordillera, la siguiente facultad: Informar, al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, de acuerdo al artículo 24 del D.F.L. N° 2, de Educación, de 1998, los establecimientos educacionales que no han dado a conocer a los padres y apoderados el sistema de exención de los cobros mensuales dentro del mes de agosto anterior.
Artículo 2°.- Delégase en el Encargado Provincial de Inspección de la provincia de Cordillera, las siguientes facultades:
1.- Elaborar el Informe fundado de las Actas de fiscalización que contengan observaciones referidas a incumplimientos o pérdidas de requisitos para mantener el reconocimiento oficial, remitir las Actas junto a dicho informe al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, como además fijar un plazo breve para subsanar aquellos incumplimientos detectados que sean leves, todo, de acuerdo al artículo 15 del D.S. de Educación, N° 177 de 1996 y el artículo 24 del D.S. de Educación, N° 8.144 de 1980.
2.- Encargarse de la inspección administrativa y financiera de los establecimientos educacionales subvencionados de esta jurisdicción, de acuerdo al artículo 16, de la ley 19.856.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-SEP-2009
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14-SEP-2009 |
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