Decreto 90
Decreto 90 RESOLUCIÓN Nº1.800 EXENTA, DE 2009
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 25-MAR-2009
Publicación: 09-SEP-2009
Versión: Única - 09-SEP-2009
DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO NUEVE PIEZAS FERROVIARIAS QUE SE INDICAN, UBICADAS EN LA MAESTRANZA SAN EUGENIO, COMUNA DE ESTACIÓN CENTRAL, PROVINCIA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 90.- Santiago, 25 de marzo de 2009.- Considerando:
Que, durante la primera mitad del siglo XX, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado se planteó ofrecer servicios con la más alta calidad y lujo que fuese posible disponer, para tal fin la flota ferroviaria incluyó categorías como coches dormitorios y coches salón, -inicialmente llamados Pullman-, de primera y segunda clase y coches comedores.
Que, la mayoría de estos coches son de estructura de acero y fueron fabricados por las compañías Linke-Hofmann-Busch, a fines de la década de los años '20 y Linke-Hofman-Werke entre 1953 y 1955.
Que, los coches dormitorios son un ícono de una forma lujosa de viajar que se instauró desde los inicios del servicio, cuando la distancia entre Santiago y Valparaíso requería de largas horas y se extendió por diferentes tramos hasta el año 2004, cuando estos coches dejaron de prestar servicio regular a pasajeros.
Que, los Coches Salón constituyeron para la década del cincuenta una novedad y un símbolo de confort y de avance tecnológico, ya que incluían asientos reclinables, calefacción eléctrica y ventanas panorámicas de doble vidrio. Estos coches son representativos de la época dorada de Ferrocarriles del Estado que transportó a más de tres generaciones desde Valparaíso a Puerto Montt.
Que, el Coche Comedor fue de gran importancia en las vías centrales para los viajes de largo recorrido entre los años 1910 y 1970 y contaban con el apoyo de bodegas de alimentos, bodegas de bebidas alcohólicas y analcohólicas, camas para personal y climatización.
Que, el Coche de Primera Clase representó el lujo y la comodidad, pues contaba con asientos reversibles, ventana independiente, asientos tapizados con telas finas, lámparas lujosas, tabiquería de madera y calefacción a vapor alimentada por las locomotoras.
Que, el Coche Video Bar fue una creación particular de Ferrocarriles del Estado de Chile entre finales de 1970 y principios de la década de los ochenta y que consistió en transformar en los talleres de las Maestranzas de San Bernardo y San Eugenio los coches Socometal Nacionales de Primera Clase incorporándoles un bar y una sala multimedia con circuito cerrado de televisión, Video VHS.
Que, la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario (ACCPF) ha rescatado del abandono a un grupo de estos coches y ha realizado un proceso de conservación y restauración desde el año 2005 a la fecha.
Que, todos los coches que se protegen son propiedad de la Empresa de Ferrocarriles del Estado y se encuentran entregados en depósito a la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario (ACCPF), mediante contrato suscrito el 15 de diciembre de 2005, el cual otorga amplias facultades a la ACCPF para que, por sí misma o con intervención de terceros, efectúe todo tipo de mejora y/o reparación sobre estas piezas ferroviarias, y
Visto: Lo dispuesto en la ley N° 17.288 de 1970; decreto supremo N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Ord. N° 6.104, del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 17 de diciembre de 2008; Acta de Sesión de 9 de julio de 2008 (punto 150) del Consejo de Monumentos Nacionales; solicitud de Presidente de la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario, de 30 de mayo de 2008; Oficio G.G. N° 268-A de Gerente General de EFE, de 24 de octubre de 2008; carta del Presidente de la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario, de 12 de agosto de 2008; Copia de Contrato de Depósito entre Empresa de Ferrocarriles del Estado y la Asociación Chilena de Conservación del Patrimonio Ferroviario (ACCPF), de 15 de diciembre de 2005; resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República y en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y Acta del Consejo de Monumentos Nacionales, de 13 de mayo de 2009.
Decreto:
Artículo único: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico nueve piezas ferroviarias que se indican, las que se conservan en las dependencias de la Maestranza de San Eugenio, ubicada en calle Exposición N° 1810, de la Comuna de Estación Central, Provincia de Santiago, Región Metropolitana:
Bien N° Categoría Fabricado por Año de
Fabricación
Coche X-31 Clase
dormitorio Linke Hofmann 1929
Dormitorio Busch
Coche X-38 Clase
dormitorio Linke Hoffmann 1929
Dormitorio Busch
Coche
Salón Z-11 Clase Salón Linke Hofmann 1931
Busch
Coche
Salón Z-152 Clase Salón Linke Hofmann 1953-1955
Werke
Coche
Salón Z-155 Clase Salón Linke Hofmann 1953-1955
Werke
Coche
Salón Z-156 Clase Salón Linke Hofmann 1953-1955
Werke
Coche
Comedor Y-101 Clase Comedor Linke Hofmann 1955
Busch
Coche EC-426 Clase Linke Hofmann 1955
Pasajeros (ex I-426) Económica Werke
Coche
Video- Clase Video- Socometal,
Bar VB-451 Bar Chile 1966
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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