Decreto 575 EXENTO
Decreto 575 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 6 de agosto de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 575 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de República, que fija Normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.
d) La resolución exenta Nº 1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
e) El decreto supremo Nº 145 de 1997 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 45.618 de 25.09.2008, complementado por ingreso Subtel Nº 35.067 de 24.06.2009.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión, dentro del plazo establecido por la ley.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº 96.806.980-2, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº 2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Instalar, operar y explotar veintitrés (23) estaciones base:
VER DIARIO OFICIAL DE 04.09.2009, PAGINA 70
Las Estaciones Base se conectarán a la red existente a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.
2. Los plazos máximos se indican a continuación.
VER DIARIO OFICIAL DE 04.09.2009, PAGINA 70
3. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados por el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 04-SEP-2009
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04-SEP-2009 |
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