Resolucion 1902 EXENTA
Resolucion 1902 EXENTA DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE PROVINCIAL DE INSPECCIÓN DE SUBVENCIONES Y JEFE PROVINCIAL DE PAGO DE SUBVENCIONES DEL DEPROVEDUC DE LLANQUIHUE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE EDUCACIÓN LLANQUIHUE
DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE PROVINCIAL DE INSPECCIÓN DE SUBVENCIONES Y JEFE PROVINCIAL DE PAGO DE SUBVENCIONES DEL DEPROVEDUC DE LLANQUIHUE
Núm. 1.902 exenta.- Puerto Montt, 19 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, de 1990, que reestructura el Ministerio de Educación Pública, y sus modificaciones; el decreto con fuerza de ley de Educación Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; decreto supremo de Educación Nº 177, de 1996, y sus modificaciones; decreto supremo de Educación Nº 8.143, de 1980; el decreto con fuerza de ley Nº 2, de Educación, de 1998, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales, y sus modificaciones; decreto supremo de Educación Nº 8.144, de 1980, y sus modificaciones; ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto con fuerza de ley Nº 19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto con fuerza ley Nº 1, del Ministerio del Interior, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; resolución exenta Nº 798/2009 y resolución exenta Nº 799/2009, ambas de Subsecretaría de Educación; resolución exenta Nº 491, de 03.03.2009, de Secretaría Regional Ministerial de Educación de Los Lagos, en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones; ley Nº 20.314, de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 9, Capítulo 1, Programa 21, Glosa 02; ley 19.609, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
Considerando:
Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo la política institucional del Ministerio de Educación modernizar y desconcentrar su gestión.
Que este Departamento Provincial de Educación se encuentra inserto en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos al servicio de la educación de la Provincia de Llanquihue y el otorgamiento de una mejor atención al usuario.
Que, en este marco normativo, se ha detectado la necesidad de reforzar la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal, en el cumplimiento del decreto con fuerza de ley de Educación Nº 1, de 2005, que establece texto refundido, coordinado y sistematizado Ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza, y el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales, y sus respectivos reglamentos, y optimizar los recursos, tanto humanos como materiales, para llevar a cabo dichas funciones.
Que la delegación propuesta corresponde a facultades propias del Jefe Provincial de Educación y redundará en un mejoramiento de la gestión institucional.
Que, conforme a la resolución exenta Nº 491, del 03.03.2009, de Secretaría Regional Ministerial de Educación, en que el Secretario Regional Ministerial delega facultades al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, es que se indica lo siguiente,
Resuelvo:
Artículo 1º: Delégase en el Jefe de la Unidad Provincial de Pago de Subvenciones de la Deprov de Llanquihue, la siguiente facultad: Informar al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, de acuerdo al artículo 24 del D.F.L. Nº 2, de Educación, de 1998, los establecimientos educacionales que no han dado a conocer a los padres y apoderados el sistema de exención de los cobros mensuales dentro del mes de agosto anterior.
Artículo 2º: Deléganse en el Jefe de la Unidad Provincial de Inspección de Subvenciones, de la Deprov de Llanquihue, las siguientes facultades:
1.- Elaborar el Informe fundado de las Actas de Fiscalización que contengan observaciones referidas a incumplimientos o pérdida de requisitos para mantener el reconocimiento oficial, remitir las actas junto a dicho informe al Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones, como, además, fijar un plazo breve para subsanar aquellos incumplimientos detectados que sean leves, todo de acuerdo al artículo 15 del DS de Educación Nº 177, de 1996, y el artículo 24 del DS de Educación Nº 8.144, de 1980.
2.- Encargarse de la inspección administrativa y financiera de los establecimientos educacionales subvencionados de esta jurisdicción, de acuerdo al artículo 16, de la ley Nº 19.856.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-AGO-2009
|
27-AGO-2009 |
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