Decreto 62
Decreto 62 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 12-MAY-2009
Publicación: 23-JUL-2009
Versión: Única - 23-JUL-2009
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE VOZ SOBRE INTERNET A LA EMPRESA CONVERGIA TELECOM S.A.
Santiago, 12 de mayo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 62.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 484, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Voz sobre Internet.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 47.351 de 09.10.2008.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de otorgamiento de la concesión,
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Voz sobre Internet, a la empresa Convergia Telecom S.A., RUT Nº 99.574.360-4, con domicilio en Evaristo Lillo Nº 112, piso 3, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar el servicio público de Voz sobre Internet como a continuación se indica.
Instalar, operar y explotar un nodo ubicado en Santa Marta de Huechuraba Nº 6591, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana.
El servicio se suministrará mediante facilidades arrendadas a terceros debidamente autorizados. La zona de servicio corresponde al Territorio Nacional.
2. Los plazos serán los que se indican a continuación
Inicio Término Inicio Observación
Obras Obras Servicio
14 meses 22 meses 24 meses Todos estos plazos
están referidos a la
fecha de publicación
en el Diario Oficial
del presente
decreto.
3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. El periodo de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación de presente decreto en el Diario Oficial.
5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
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De 23-JUL-2009
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