Decreto 75
Decreto 75 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE YUNGAY
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE YUNGAY
Santiago, 2 de junio de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 75.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2º transitorio de la ley Nº19.277, de 20.01.1994, y
f) El decreto supremo Nº204, de 23.11.1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº52.504 de 18.11.2008, complementada mediante ingreso Subtel Nº16.159 de 16.02.2009;
b) La escritura pública de fecha 26.09.1994, celebrada ante don Marcelo Riesco Vega, Notario Público Titular y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Yungay, que da cuenta de la constitución de la sociedad en la cual la persona natural, titular de la concesión, forma parte de ella o se crea para estos efectos, conforme lo establece la letra e) de los Vistos;
c) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 08.05.2008, notificada mediante ingreso Subtel Nº27.265, de 12.05.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº19.733 de 2001;
d) La escritura pública de fecha 09.02.2009, celebrada ante don Marcelo Riesco Vega, Notario Público Titular y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Yungay, que da cuenta de la transferencia de la concesión a la sociedad adquirente, Radiodifusora Quezada y Medina Limitada.
e) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley; y en usó de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-77, para la ciudad de Yungay, VIII Región, cuyo titular es don Juan Enrique Quezada Garrido, RUT Nº7.306.769-3, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Quezada y Medina Limitada, RUT Nº78.565.870-1, con domicilio en Independencia Interior Nº4, comuna de Yungay, VIII Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yanten, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 18-JUL-2009
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18-JUL-2009 |
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