Decreto 39
Decreto 39 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE PURRANQUE
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE PURRANQUE
Santiago, 27 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 39.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.277, de 20.01.1994; y,
f) El decreto supremo Nº 220, de 11.10.1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y su posterior modificación.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, Ingreso Subtel Nº 54.879 de 09.12.2008, complementado mediante Ingreso Subtel Nº 12.575, de 20.01.2009;
b) La escritura pública de fecha 24.11.2008, celebrada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, que da cuenta material de la transferencia de la concesión a una persona jurídica de la cual forma parte la persona natural, titular de la concesión, conforme lo establece la letra e) de los Vistos;
c) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 18.11.2008, notificada mediante Ingreso Subtel Nº 52.898 de 21.11.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la Ley Nº19.733 de 2001;
d) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley; y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-108, para la ciudad de Purranque, X Región, cuyo titular es don Isidoro Rodolfo Barquin Pardo, RUT Nº 8.927.462-1, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Isidoro Rodolfo Barquin Pardo E.I.R.L., RUT. Nº 76.041.063-2, con domicilio en calle Las Heras Nº 665, comuna de Purranque, X Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 30-JUN-2009
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30-JUN-2009 |
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