Decreto 64
Decreto 64 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE RENGO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE RENGO
Santiago, 13 de mayo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 64.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2º transitorio de la ley Nº19.277, de 20.01.1994, y
f) El decreto supremo Nº84 de 09.06.1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº10.746 de 07.01.2009;
b) La escritura pública de fecha 13.11.2008, celebrada ante don Jorge Zapata Medina, Notario Público Titular de Rengo, que da cuenta material de la transferencia de la concesión a una persona jurídica de la cual forma parte la persona natural, titular de la concesión, conforme lo establece la letra e) de los Vistos;
c) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 25.06.2008, notificada mediante ingreso Subtel Nº34.153 de 30.06.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº19.733 de 2001;
d) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley; y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-69, para la ciudad de Rengo, VI Región, cuyo titular es don Manuel Francisco Torres Soto, RUT Nº5.264.448-8, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Manuel Francisco Torres Soto E.I.R.L., RUT Nº76.042.857-4, con domicilio en calle Carlos Condell Nº524 B, comuna de Rengo, VI Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 27-JUN-2009
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27-JUN-2009 |
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