Decreto 40
Decreto 40 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE CUNCO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE CUNCO
Santiago, 27 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm.40.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto Supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2º transitorio de la ley Nº 19.277, de 20.01.1994; y,
f) El decreto supremo Nº 129 de 18.07.1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos; Ingreso Subtel Nº 55.901 de 15.12.2008;
b) La escritura pública de fecha 11.11.2008, celebrada ante don Humberto Toro Martínez-Conde, Notario Público de la Agrupación de Comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Melipeuco y Freire, que da cuenta material de la transferencia de la concesión a una persona jurídica de la cual forma parte la persona natural, titular de la concesión, conforme lo establece la letra c) de los Vistos;
c) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 10.06.2008, notificada mediante Ingreso Subtel Nº 31.760 de 13.06.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº 19.733 de 2001;
d) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21º y 22º de la ley; y en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-88, para la ciudad de Cunco, IX Región, cuyo titular es don Benjamín Adiel Soto Castillo, RUT Nº 6.262.204-0, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Comunicaciones Benjamín Adiel Soto Castillo E.I.R.L., RUT Nº 76.039.697-4, con domicilio en Avda. Alessandri Nº 695, comuna de Cunco, IX Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yanten, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 15-JUN-2009
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15-JUN-2009 |
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