Decreto 847 EXENTO
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Decreto 847 EXENTO
Decreto 847 EXENTO AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE INDICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES Y DEROGA DECRETO N° 1201 EXENTO, DE 2006
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Promulgación: 11-MAY-2009
Publicación: 10-JUN-2009
Versión: Última Versión - 06-ABR-2023
AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULO QUE INDICA DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES Y DEROGA DECRETO N° 1201 EXENTO, DE 2006
Núm. 847 exento.- Santiago, 11 de mayo de 2009.- Considerando:
Que, la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles ha solicitado derogar el decreto exento N°1.201 de 2006, del Ministerio de Educación, mediante el cual se autorizaba la circulación del vehículo Marca Hyundai, modelo Sonata GL 2.0, año de fabricación 2004, N° de motor G4JP3931059, placa patente N° XR.9537-K.
Que, dicha solicitud se fundamenta en que el automóvil individualizado ha sido dado de baja mediante resolución exenta JUNJI N°015/1596, de 30 de julio de 2008.
Que, la Junta Nacional de Jardines Infantiles ha adquirido el automóvil marca Peugeot, modelo 407 Confort Pack Plus 2.0 automático, año de fabricación 2008, motor N°10LH5D1653855, chasis N° 8L002905, placa patente BLFH.16-1.
Que, en virtud de lo expuesto es necesario, además, autorizar la circulación del vehículo individualizado en el Considerando precedente, para dar cumplimiento a las normas que regulan la circulación de vehículos de Organismos de la Administración del Estado.
Que, la Vicepresidenta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles necesita disponer en forma permanente de un vehículo motorizado que le permita cumplir las funciones inherentes a su cargo y que éstas no sólo se desarrollan en los días laborales hábiles, siendo frecuente que se realicen los fines de semana y en horarios que exceden la jornada ordinaria de trabajo y durante los días sábados en la tarde, domingos y festivos, exento del uso del disco fiscal distintivo, y
Visto: Lo dispuesto en el decreto ley N° 799, de 1974 y sus posteriores modificaciones; ley N° 17.301; decreto supremo N° 19 de 2001, de la Secretaría General de la Presidencia; decreto exento N°1.201 de 2006, de Educación; resolución exenta de la JUNJI N° 1.596, de 30 de julio de 2008; Ord. N° 015/623 de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, de 20 de marzo de 2009; Oficio Circular N°26/2003, de los Ministerios de Hacienda e Interior, y resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República,
Decreto:
Artículo 1°.- Asígnase, para uso privativo de la Vicepresidenta de la Junta Nacional de Jardines Infantiles el vehículo que se señala a continuación, de propiedad de dicho servicio:
Tipo de vehículo: Automóvil
Marca: Peugeot,
Modelo: 407 Confort Pack Plus 2.0
automático
Año fabricación: 2008
N° motor: 10LH5D1653855
N° chasis: 8L002905,
Registro Nac. Vehíc.: Código PPU BLFH.16-1.
Placa Patente: BLFH.16-1.
Artículo 2°.- Autorízase al vehículo antes citado para que pueda circular en días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin disco fiscal distintivo y sin sujeción de horarios, de acuerdo a lo establecido en la parte considerativa del presente decreto.
Artículo 3°.- La Junta Nacional de Jardines Infantiles estará obligada a establecer los controles internos y de resguardo que procedan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del decreto ley N° 799 de 1974.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mónica Jiménez de la Jara, Ministra de Educación.- Edmundo Pérez Yoma, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Cristián Martínez Ahumada, Subsecretario de Educación.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 06-ABR-2023
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06-ABR-2023 | |||
Texto Original
De 10-JUN-2009
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10-JUN-2009 | 05-ABR-2023 |
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