Decreto 30
Decreto 30 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE RANCAGUA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA CIUDAD DE RANCAGUA
Santiago, 24 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 30.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El artículo 2° transitorio de la ley Nº 19.277, de 20.01.1994, y
f) El decreto supremo Nº 189 de 16.10.1986, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus posteriores modificaciones.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 51.610 de 11.11.2008, complementado mediante ingresos Subtel Nº 53.817 de 01.12.2008, y Nº 13.576 de 28.01.2009;
b) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia de fecha 27.08.2008, notificada mediante ingreso Subtel Nº 42.788 de 01.09.2008, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38°, inciso segundo, de la Ley Nº 19.733 de 2001;
c) La escritura pública de fecha 09.10.2008, celebrada ante don Ernesto Montoya Peredo, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Rancagua, que da cuenta material de la transferencia de la concesión a una persona jurídica de la cual forma parte la persona natural, titular de la concesión, conforme lo establece la letra e) de los Vistos;
d) La escritura pública de fecha 01.12.2008, celebrada ante don Ernesto Montoya Peredo, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Rancagua, que da cuenta del saneamiento y rectificación de escritura de Constitución de Empresa Individual, citada en letra c) anterior;
e) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21° y 22° de la ley; y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-57 para la ciudad de Rancagua, VI Región, cuyo titular es don Arturo Segundo Jara Carrasco, RUT Nº 5.848.244-7, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Radiodifusora Jara Carrasco E.I.R.L., RUT Nº 76.040.081-5, con domicilio en Callejón Los Paltos Nº 224, Comuna de Machalí, VI Región.
2.- La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3.- El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortazár Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
Subdivisión Jurídica
Cursa con alcance decreto Nº 30, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones
Nº 23.270.- Santiago, 5 de mayo de 2009.
La Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que modifica la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada que indica, pero cumple con señalar que de conformidad con la copia de la escritura pública de 1º de diciembre de 2008, de la Notaría de don Ernesto Montoya Peredo de Rancagua que se acompaña, la razón social de la sociedad adquiriente es Radiodifusora Arturo Jara Carrasco E.I.R.L., y no como se indica en el Nº 1 del acto del rubro.
Saluda atentamente a Us.- Por orden del Contralor General de la República, Jefe Subdivisión Jurídica, División de Infraestructura y Regulación.
Al señor
Ministro de Transportes y Telecomunicaciones
Presente.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-JUN-2009
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06-JUN-2009 |
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