Decreto 37
Decreto 37 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE SANTA JUANA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE SANTA JUANA
Santiago, 27 de marzo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 37.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora; y
e) El decreto supremo Nº592 de 16.11.1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, ingreso Subtel Nº25.801 de 29.04.2008;
b) La resolución favorable del H. Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, de fecha 18.06.2008, notificada mediante ingreso Subtel Nº33.050 de 23.06.2008, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº1.038 de 08.09.2008, que autorizó previamente la transferencia;
d) La escritura pública de fecha 10.12.2008, perfeccionada ante don Camilo Valenzuela Riveros, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Providencia, que da cuenta material de la transferencia de concesión, así como de la inserción en la misma de la resolución de la letra c) anterior, que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso segundo del artículo 21º de la ley;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº10.464 de 06.01.2009, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-303, para la localidad de Santa Juana, VIII Región, cuyo titular es la Sociedad Radiodifusora Montecarlo Limitada, RUT Nº79.688.830-K, según consta en el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad Giro Comunicaciones Limitada, RUT Nº76.012.912-7, con domicilio en calle Castellón Nº96, Concepción, VIII Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, René Cortázar Sanz, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Nelson Donoso Yantén, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 01-JUN-2009
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01-JUN-2009 |
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