Resolucion 317 EXENTA
Resolucion 317 EXENTA DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE REGIONAL DE SUBVENCIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN; SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL IV REGIÓN DE COQUIMBO
Promulgación: 04-MAR-2009
Publicación: 04-MAY-2009
Versión: Última Versión - 30-NOV-2009
DELEGA FACULTADES QUE SEÑALA EN JEFE REGIONAL DE SUBVENCIONES DE LA REGIÓN DE COQUIMBO
Núm. 317 exenta.- La Serena, 4 de marzo de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley 18.956 y sus modificaciones: el DFL N° 1 de 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; el decreto supremo N° 177 de Educación de 1996 y sus modificaciones y el decreto supremo N° 8.143 de Educación de 1980; el DFL Nº2 de Educación de 1998 sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales y sus modificaciones; el decreto supremo N° 8.144 de Educación de 1980 y sus modificaciones; la ley 19.880 de Bases de Procedimiento Administrativos; el DFL Nº1/19.653 de 2001 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 1 de 2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la ley N° 20.314 de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 9, Capítulo 1, Programa 21, Glosa 02; la ley 19.609; y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República; el ord. N° 02/000282 de 26 de febrero de 2009, del señor Subsecretario de Educación.
Considerando:
Que es función del Ministerio de Educación adoptar las medidas y generar las condiciones que sean necesarias para un efectivo cumplimiento de los fines que le son propios, siendo la política institucional del Ministerio de Educación modernizar y desconcentrar su gestión.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial de Educación se encuentra inserta en el Programa de Modernización de la Gestión, lo que implica una agilización en los trámites administrativos al servicio de la educación de la Región de Coquimbo y el otorgamiento de una mejor atención al usuario.
Que, en este marco normativo, se ha detectado la necesidad de reforzar la inspección y fiscalización de los establecimientos educacionales subvencionados del país y el pago de la subvención estatal, en el cumplimiento del DFL N° 1 de 2005 que establece el texto coordinado, sistematizado y refundido de la ley 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza y el DFL Nº2 de 1998 sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales y sus respectivos reglamentos, y optimizar los recursos tanto humanos como materiales para llevar a cabo dichas funciones.
Que, de conformidad a lo dispuesto por la ley 20.314 de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, Partida 9, Capítulo 1, Programa 21, Glosa 02, que crea la Unidad de Subvenciones, faculta a los Secretarios Regionales Ministeriales de Educación para delegar en los Jefes Regionales de Subvenciones de la Unidad de Subvenciones las facultades que sean necesarias para el buen funcionamiento de la estructura regional y provincial de dicha unidad.
Que, la delegación propuesta corresponde a facultades propias del Secretario Regional Ministerial de Educación y redundará en un mejoramiento de la gestión institucional.
Resuelvo:
1°.- Delégase en el Jefe Regional de Subvenciones de la Región de Coquimbo, las siguientes facultades:
1. Cumplir con lo ordenado en el artículo 7° inciso primero de la ley 19.609, respecto de la retención legal por no pago de imposiciones.
2. Recibir, a más tardar el segundo día hábil del mes, la información indicada en el artículo 14 del DS N° 8.144 de Educación de 1980 y sus modificaciones, con el fin que se proceda al pago de la subvención.
3. Pagar la subvención de acuerdo a las formas indicadas en el DFL N° 2 de 1998 y el artículo 18 del DS N° 8.144 de Educación de 1980.
4. Instruir, sustanciar procesos administrativos y aplicar sanciones a los establecimientos educacionales y/o sostenedores que infrinjan el DFL N° 1 de 2005, el DS N° 177 de 1996 y sus modificaciones DS N° 8.143 de Educación de 1980, el DFL N° 2 de 1998 y sus modificaciones, y el DS N° 8.144 de Educación de 1980 y sus modificaciones, de acuerdo a lo establecido en dichas normas legales y en la ley N° 19.880.
5. Recepcionar recursos, declarar su admisibilidad y remitirlos a la autoridad respectiva de conformidad al DFL N° 1 de 2005 y DFL N° 2 de 1998.
6. Ordenar reintegros de acuerdo a lo establecido en el artículo 51 del DFL N° 2 de Educación de 1998.
7. Ordenar la retención total o parcial del pago de la subvención, en la oportunidad y forma indicada en el artículo 53 del DFL N° 2 de Educación N° 1.998.
8. Otorgar plazos para reintegrar y aplicar interés real de acuerdo a lo establecido en el DFL N° 2 de 1998 y su reglamento.
9. Retener el 3% de los recursos que corresponda percibir por subvención mensual y sus correspondientes incrementos a la subvención, a los Departamentos de Administración Municipales y a las Corporaciones Municipales; de acuerdo a la forma y condiciones establecidas en el art. 54 bis del DFL N° 2 de 1998.
10. Programar y practicar visitas periódicas a los establecimientos educacionales para verificar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones del DFL N° 2 de 1998 y su reglamento, y del DFL N° 1 de 2005 y sus reglamentos.
11. Recepcionar las actas de inspección cuyas observaciones no hayan sido subsanadas dentro del plazo otorgado o que no sean leves o que sean reiteradas, de acuerdo a lo indicado en el artículo 15 del DS N° 177 de Educación de 1998.
2°.- Las resoluciones exentas emitidas en atención a la presente delegación deberán ser suscritas bajo la fórmula "por orden de la Secretaria Ministerial de Educación".
3°.- Déjese sin efecto toda otra delegación anterior respecto de las funciones delegadas en el número 1º precedente:
NOTA
El artículo 1º de la Resolución 2860 Exenta, Educación, publicada el 30.11.2009, modifica la presente norma en el sentido de agregar en la Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones de la Región de Coquimbo las facultades que en dicha norma se incluyen.
El artículo 1º de la Resolución 2860 Exenta, Educación, publicada el 30.11.2009, modifica la presente norma en el sentido de agregar en la Jefe de la Unidad Regional de Subvenciones de la Región de Coquimbo las facultades que en dicha norma se incluyen.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Última Versión
De 30-NOV-2009
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30-NOV-2009 | |||
Texto Original
De 04-MAY-2009
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04-MAY-2009 | 29-NOV-2009 |
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