Decreto 724 EXENTO
Decreto 724 EXENTO MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.
Santiago, 14 de octubre de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 724 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº354, de 1988, que Fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz, modificada por la resolución exenta Nº643, de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
f) Los decretos supremos Nº278, de 1981, Nº223, de 1989 y Nº159, de 1993, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº57.124, de 13.05.2014, complementado por ingreso Subtel Nº83.920, de 18.07.2014.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, cuyo actual titular es la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº96.799.250-K, con domicilio en Av. Del Cóndor Nº820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
1. Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de inicio y término de obras e inicio de servicio de siete (7) estaciones base, que modifican las concesiones otorgadas mediante decretos citados en la letra f) de los Vistos, según se indica a continuación:

Las demás características no consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los decretos exentos antes señalados, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
4. La presente modificación lo es sin perjuicio de la aplicación que corresponde de la legislación urbanística vigente al momento de dictación del presente acto administrativo, relativa a la autorización para la instalación de la infraestructura soporte de la antena y sistema radiante, producto de las modificaciones introducidas por la ley Nº 20.599 a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y ello precisamente por el hecho de no haberse dado inicio a las obras en el plazo establecido originalmente en el acto administrativo que autorizó la instalación de las estaciones cuyos plazos se modifican mediante este decreto.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 29-NOV-2014
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29-NOV-2014 |
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