Decreto 590 EXENTO
Decreto 590 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFÓNICOS S.A.C.I.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPLEJO MANUFACTURERO DE EQUIPOS TELEFÓNICOS S.A.C.I.
Santiago, 25 de agosto de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 590 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) El decreto supremo Nº 425 de 1996, Reglamento del Servicio Público Telefónico, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante Ingreso Subtel Nº 28.219 de 27.02.2014.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Complejo Manufacturero de Equipos Telefónicos S.A.C.I., RUT Nº 85.783.800-9, con domicilio en Avda. Walker Martínez Nº 911, La Florida, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria a eliminar un (1) nodo telefónico, autorizado mediante decreto supremo Nº 465, de 1999, según se indica a continuación:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-OCT-2014
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06-OCT-2014 |
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