Decreto 609 EXENTO
Decreto 609 EXENTO MODIFICA DE OFICIO CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUMANQUE
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA DE OFICIO CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUMANQUE
Santiago, 3 de octubre de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 609 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el Reglamento;
e) La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
f) El decreto supremo Nº 678, de 10.07.2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Pumanque, VI Región, señal distintiva XQC-526, transferida a su actual titular sociedad Nibaldo Fuenzalida Briones y Compañía Limitada, mediante decreto supremo Nº 102, de 11.06.2012, y
g) El decreto supremo Nº 728, de 27.11.2006, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó una concesión de radiodifusión en frecuencia modulada, señal distintiva XQC-521, para la localidad de Paredones, VI Región, a Sociedad Radio Cultural Cristiana Armonía de Paredones Limitada.
Considerando:
a) Que mediante el decreto señalado en la letra f) de los Vistos, se otorgó una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Pumanque, VI Región, señal distintiva XQC-526, asignándosele la frecuencia 98,9 MHz;
b) Que, por su parte, mediante el decreto señalado en la letra g) de los Vistos, se otorgó una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Paredones, VI Región, señal distintiva XQC-521, asignándosele también la frecuencia 98,9 MHz;
c) Que mediante ingreso Subtel Nº 92.270, de 23.11.2012, se puso en conocimiento de esta Subsecretaría de los problemas de interferencia que afectan a la concesión de Paredones, ya individualizada, ocasionados por la operación de la concesión de Pumanque;
d) Que las respectivas plantas transmisoras de ambas radioemisoras se encuentran separadas a una distancia de 24,4 Km., en línea recta;
e) Que, efectuado el análisis técnico correspondiente, se constata que no se cumplen los criterios de protección cocanal establecidos en la Norma Técnica citada en la letra e) de los Vistos; asimismo, se concluye que, al operar la misma frecuencia 98,9 MHz., a la distancia señalada anteriormente, se producen interferencias insubsanables entre ambas radioemisoras;
f) Que es factible el cambio de frecuencia a objeto de solucionar el problema de interferencia a la concesionaria de la estación radioemisora, señal distintiva XQC-526, para la localidad de Pumanque, VI Región, a 99,9 MHz.;
g) Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31º del Reglamento de Radiodifusión Sonora, en relación con la letra f) del artículo 6º del decreto ley Nº 1.762 y el artículo 7º de la ley, la Subsecretaría de Telecomunicaciones tramitará de oficio la modificación de elementos de la concesión en los casos calificados en que se comprueben interferencias perjudiciales no subsanables.
Decreto:
1. Modifícase de oficio la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Pumanque, VI Región, señal distintiva XQC-526, cuyo titular es sociedad Nibaldo Fuenzalida Briones y Compañía Limitada, RUT Nº 76.518.130-5, según consta en la letra f) de los Vistos, en el sentido de cambiar la frecuencia de la concesión a la 99,9 MHz.
2. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 28-OCT-2013
|
28-OCT-2013 |
Comparando Decreto 609 EXENTO |
Loading...