Decreto 165 EXENTO
Decreto 165 EXENTO CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE INDEPENDENCIA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA PARA LA COMUNA DE INDEPENDENCIA
Santiago, 26 de marzo de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 165 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el Reglamento;
f) El decreto supremo Nº 210 de 25.05.2004, que otorgó la concesión, renovada mediante decreto exento Nº 352 de 15.04.2010, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Que, mediante ingreso Subtel Nº 96.034 de 07.12.2012, la titular de la concesión sociedad Broadcasting y Telecomunicaciones Limitada, presentó renuncia a la concesión ya individualizada en la letra f) de los Vistos;
b) Que, de conformidad al artículo 23º de la ley, la extinción de una concesión debe certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial y en uso de mis atribuciones;
Decreto:
Certifícase la extinción de la concesión de radiodifusión sonora en mínima cobertura, señal distintiva XQJ-101, para la comuna de Independencia, Región Metropolitana, por renuncia de su titular, la sociedad Broadcasting y Telecomunicaciones Limitada, RUT Nº 77.357.500-2, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º de la ley.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-ABR-2013
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12-ABR-2013 |
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