Decreto 181
Decreto 181 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES CIUDAD WIRELESS LIMITADA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 16-NOV-2012
Publicación: 08-FEB-2013
Versión: Única - 08-FEB-2013
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS A LA EMPRESA TELECOMUNICACIONES CIUDAD WIRELESS LIMITADA
Santiago, 16 de noviembre de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 181.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de
Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón.
d) Resolución exenta Nº 746 de 2004, que fija norma técnica para el uso
de la banda de frecuencias 2.400 - 2.483,5 MHz y sus modificaciones,
de esta Subsecretaría.
e) Resolución exenta Nº 1.558 de 2008, que fija norma técnica para el
uso de la banda de frecuencias 5.470 - 5.725 MHz y sus
modificaciones, de esta Subsecretaría.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 74.000 de
16.11.2011, complementada por ingresos Subtel Nº 43.656 de 16.05.2012
y Nº 59.293 de 12.07.2012.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la
solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase una concesión de servicio público de transmisión de datos, a la empresa Telecomunicaciones Ciudad Wireless Limitada, RUT Nº 76.168.172-9, con domicilio en calle Sanfuentes Nº 2093, de la localidad de Lontué, comuna de Molina, VII Región, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar:
1.1 Siete (7) sistemas punto a multipunto en la banda de frecuencias 2.400,0 - 2.450,0 MHz, cuyas características se indican a continuación:
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS COMUNES ESTACIONES BASE:
Potencia máxima : 0.1 watt.
Ganancia antena : 10 dBi.
Polarización antena : Dual.
Tipo antena : Omnidireccional.
Tipo emisión : 20M0F7WWW.
Modalidad de operación : DSSS-OFDM DFS.

De acuerdo a lo establecido en la resolución exenta Nº 746, de 2004, artículo 2º de las disposiciones transitorias, deberá ajustar el rango de operación de los equipos a la banda de frecuencia asignada.
1.2 Dos (2) sistemas punto a punto en la banda de 5.470,0 - 5.725,0 MHz, cuyas características se indican a continuación:
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS COMUNES ESTACIONES BASE:
Potencia máxima : 0.005 watt.
Ganancia antena : 23 dBi.
Polarización antena : Dual.
Tipo antena : Direccional.
Tipo emisión : 20M0W1DXX.
Modalidad de operación : OFDM DFS.

1.3 Un (1) nodo de control, cuyas características se indican a continuación:

2. La zona de servicio comprende la VII Región.
3. Los plazos serán los que se indican a continuación:

4. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
5. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.
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