Resolución 6111 EXENTA
Resolución 6111 EXENTA ACTUALIZA PARTICIPACIÓN DE LAS CONCESIONARIAS EN LA NUMERACIÓN ASIGNADA PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA INVERSIÓN DEL OAP
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
ACTUALIZA PARTICIPACIÓN DE LAS CONCESIONARIAS EN LA NUMERACIÓN ASIGNADA PARA EFECTOS DEL PAGO DE LA INVERSIÓN DEL OAP
Santiago, 31 de diciembre de 2012.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 6.111 exenta.- Vistos:
a) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
b) La ley Nº 20.471, que crea el Organismo Administrador para la Portabilidad Numérica, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 16 de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, reglamento que estableció el Procedimiento de Licitación para designar al Organismo Administrador de la Portabilidad Numérica y todos los aspectos relativos a su instalación, organización, funcionamiento y condiciones económicas respecto de las transacciones asociadas a la Portabilidad;
d) La resolución exenta Nº 1.401 de 2011 y sus modificaciones y la resolución exenta Nº 2.911 de 2012, todas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que determinaron porcentajes de participación en la "Numeración Asignada" para la implementación de la Portabilidad;
e) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
Considerando:
a) Que, para la implementación de la Portabilidad Numérica en el país es necesario financiar las inversiones iniciales de un Organismo Administrador de la Portabilidad, en adelante el OAP, que fue creado por ley;
b) Que, de acuerdo a la ley, la inversión inicial del OAP debe ser financiada directamente por las concesionarias del servicio público telefónico y del mismo tipo;
c) Que, además, y de acuerdo a la ley, el aporte de cada concesionaria del servicio público telefónico y del mismo tipo a la inversión inicial del OAP debe prorratearse en función de la numeración asignada por esta Subsecretaría;
d) Que, conforme a la letra b) del artículo 29º del Reglamento referido en la letra c) de los Vistos, la Subsecretaría por resolución determinará la participación de cada concesionaria en la "numeración asignada" calculando esta participación considerando el promedio simple de la numeración asignada de los últimos 12 meses respecto de cada concesionaria y, para el caso que existan concesionarias sin numeración asignada en dicho período, se considerará que tal numeración asignada en el o los meses que correspondan a dicho período es equivalente a cero;
Resuelvo:
Artículo único: Fíjanse los siguientes porcentajes de participación en la "numeración asignada" para efectos del pago de la cuota que corresponda para financiar la inversión inicial en la que incurrió el Organismo Administrador de la Portabilidad (OAP), que cada concesionaria del servicio público telefónico y del mismo tipo debe aportar de acuerdo al cuadro siguiente:


Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 17-ENE-2013
|
17-ENE-2013 |
Comparando Resolución 6111 EXENTA |
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