Decreto 862 EXENTO
Decreto 862 EXENTO MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA VTR WIRELESS S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL AVANZADO A LA EMPRESA VTR WIRELESS S.A.
Santiago, 10 de octubre de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 862 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N°1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
d) Decreto supremo N°103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta N°1.144, de 2000, modificada por la resolución exenta N°596, de 2007, ambas de esta Subsecretaría, que fijó la norma técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado.
f) El decreto supremo Nº67 de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones.
g) El decreto supremo N°75, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº69.731 de 22.08.2012.
b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital Avanzado, otorgada a la empresa VTR Wireless S.A., N° 76.114.143-0, con domicilio en Reyes Lavalle N°3340, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria para rectificar la dirección de una (1) estación base, autorizada por decreto exento Nº 1.566, de 2011, según se indica a continuación:
Donde dice:

Debe decir:

2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria; la documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 30-NOV-2012
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30-NOV-2012 |
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