Decreto 116 EXENTO
Decreto 116 EXENTO MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.
Santiago, 12 de enero de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 116 exento.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
e) La resolución exenta Nº 308, de 2000, modificada por resolución exenta Nº 81, de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 – 1.870 MHz; 1.885 – 1.895 MHz; 1.945 – 1.950 MHz y 1.965 – 1.975 MHz al Servicio Público de Telefonía Móvil.
e) Los decretos supremos Nº 657 y N° 658, ambos de 2002, y N°28, de 2003, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 55.433, de 23.08.2011.
b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, otorgadas a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº87.845.500-2, con domicilio en Avenida Providencia Nº 111, piso 23, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Autorízase a la concesionaria a modificar el tipo de emisión de los siguientes enlaces, autorizados por decreto supremo N° 513, de 2005, según se indica a continuación:

2. Los plazos máximos se indican a continuación:

3. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-ABR-2012
|
12-ABR-2012 |
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