Resolución 1781 EXENTA
Resolución 1781 EXENTA MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.400 EXENTA DE 2011, QUE REGULA LA HABILITACIÓN DE LOS EQUIPOS TERMINALES UTILIZADOS EN LAS REDES MÓVILES Y SITUACIONES ESPECIALES, EN EL SENTIDO QUE AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO EN EL INCISO SEGUNDO DE LA DISPOSICIÓN PRIMERA TRANSITORIA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.400 EXENTA DE 2011, QUE REGULA LA HABILITACIÓN DE LOS EQUIPOS TERMINALES UTILIZADOS EN LAS REDES MÓVILES Y SITUACIONES ESPECIALES, EN EL SENTIDO QUE AMPLÍA PLAZO ESTABLECIDO EN EL INCISO SEGUNDO DE LA DISPOSICIÓN PRIMERA TRANSITORIA
Santiago, 28 de marzo de 2012.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 1.781 exenta.- Vistos:
a) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones;
b) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
c) La Ley Nº20.471, que Crea el Organismo Administrador para la Portabilidad Numérica;
d) La ley Nº 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores;
e) La resolución exenta Nº 5.400, de 29.09.2011, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que regula la habilitación de los equipos terminales utilizados en las redes móviles y situaciones especiales;
f) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y
Considerando:
a) Que, el inciso segundo de la disposición primera transitoria de la resolución exenta indicada en la letra e) de los Vistos, prescribe que el plazo máximo para el ofrecimiento a usuarios y suscriptores de equipos terminales bloqueados existentes como stock en los puntos de venta que utilizan las concesionarias, no podrá superar el 28 de febrero de 2012;
b) Que, mediante ingreso Subtel Nº23.643 de 28.02.2012, los representantes legales de Telefónica Móviles Chile S.A., Entel PCS Telecomunicaciones S.A. y Claro Chile S.A., solicitan conjuntamente ampliación del plazo indicado precedentemente, hasta el día 15 de mayo de 2012, manifestando que sus respectivas representadas han habilitado un procedimiento expedito para conocer los códigos de desbloqueo, permitiendo a los clientes desbloquear los equipos desde el instante de su habilitación;
c) Que, los motivos expuestos por las referidas concesionarias para justificar la ampliación de plazo solicitada, resultan atendibles, y en uso de mis facultades legales,
Resuelvo:
Modifícase el inciso segundo de la disposición primera transitoria de la resolución exenta Nº 5.400 de 2012, en el sentido de ampliar hasta el 15 de mayo de 2012, el plazo para el ofrecimiento a usuarios y suscriptores de equipos terminales en las condiciones establecidas en la citada disposición transitoria.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 11-ABR-2012
|
11-ABR-2012 |
Comparando Resolución 1781 EXENTA |
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