Decreto 36
Decreto 36 OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE MAULLÍN
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 30-ENE-2012
Publicación: 10-ABR-2012
Versión: Única - 10-ABR-2012
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE MAULLÍN
Santiago, 30 de enero de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 36.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La ley N° 20.335, de 2009, que modifica el sistema de otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora;
d) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón;
e) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
f) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
g) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
h) La resolución exenta Nº 479, de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117, de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
i) La resolución exenta Nº 3.446, de 29.06.2010, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2010.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial edición N° 39.661, de 15.05.2010, rectificado por resolución exenta N° 3.083, de 07.06.2010, publicada en el Diario Oficial, edición N° 39.686, de 15.06.2010;
b) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Seremitt N° 6.950, de 15.09.2010, ingreso Subtel N° 40.878, de 21.09.2010;
c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 255/C, de 28.12.2010;
d) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la Ley General de Telecomunicaciones;
e) La resolución exenta Nº 3.124, de 21.06.2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para las localidades con solicitudes en similares condiciones, correspondiente al concurso público del segundo cuatrimestre de 2010;
f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el concurso realizado el día 31.08.2011;
g) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 177/C, de 23.09.2011;
h) La resolución exenta Nº 6.434, de 22.11.2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, para la localidad de Maullín, X Región, a Álvaro Morales Aguilar Comunicaciones E.I.R.L.;
i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Maullín, X Región, a Álvaro Morales Aguilar Comunicaciones E.I.R.L., RUT Nº 76.068.406-6, con domicilio en Prolongación General Baquedano N° 414, comuna de Maullín, X Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébase el proyecto técnico, contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQD-586, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en
Frecuencia Modulada.
- Zona de servicio : Localidad de Maullín, X
Región.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 54 dB
(µV/m), referida al punto
de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Plazo inicio de obras : 10 días.
- Plazo término de obras : 29 días.
- Plazo inicio de
transmisiones : 59 días.
- Potencia máxima : 1.000 Watts.
- Frecuencia : 102,7 MHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF.
- Desviación máxima : ±75 KHz.
- Diagrama de radiación : Omnidireccional.
- Ganancia : 2 dBd de ganancia máxima.
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antena : Dipolo coaxial sintonizado.
- Nº Antenas : 1.
- Altura del centro de
radiación : 25 metros.
- Pérdidas en cables,
conectores y otros : 1,1 dB.
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Estudio principal, planta transmisora
y sistema radiante : Prolongación calle General
Baquedano Nº 414, comuna de
Maullín, X Región.
- Coordenadas geográficas : 41°36'50" Latitud Sur,
73°35'46" Longitud Oeste.
Datum PSAD56.
4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.
5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
6.- La concesionaria no podrá iniciar servicios, sin que sus obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado.
7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que se encuentra totalmente tramitado por parte de la Contraloría General de la República el presente decreto.
8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimientos de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
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