Decreto 238
Decreto 238 RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE SANTIAGO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE SANTIAGO
Santiago, 21 de septiembre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 238.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117 de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
h) El decreto supremo Nº 2.221 de 20.10.1964, del Ministerio del Interior, que otorgó la concesión, publicado en el Diario Oficial de fecha 27.02.1965 y sus modificaciones;
i) La resolución exenta Nº 964, de 27 de febrero de 2009, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2009.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial edición N° 39.262 de 15.01.2009;
b) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 24.812 de 15.04.2009;
c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 98/C de 12.06.2009;
d) La resolución exenta Nº 2.396 de 17.05.2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, para la localidad de Santiago, Región Metropolitana, a Corporación Radio María;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión y en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Renuévase por un período de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada para la localidad de Santiago, Región Metropolitana, a Corporación Radio María, RUT Nº 75.973.370-3, con domicilio en Monseñor Müller N° 74, Esquina María Luisa Santander, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébanse las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y sus modificaciones anteriores al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en amplitud modulada, señal distintiva CB-106, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en
Amplitud Modulada.
- Zona de servicio Diurna : Localidad de Santiago,
Región Metropolitana.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 40 dB
(µV/m), referida al punto
de emisión de la señal.
- Zona de servicio Nocturna : Localidad de Santiago,
Región Metropolitana.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 59 dB
(µV/m), referida al punto
de emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Potencia Diurna : 100.000 Watts.
- Potencia Nocturna : 100.000 Watts.
- Frecuencia : 1.060 kHz.
- Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 10K0A3EGN
- Diagrama de Radiación : Omnidireccional.
- Ganancia máxima : 2,1 dB (referidos a una
antena vertical corta).
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Mástil radiante de 1/2
longitud de onda.
- Nº Antenas : 1.
- Altura antena : 130 metros.
- Pérdidas en cables y
conectores : 0,56 dB.
- Contorno Zona de Servicio, según la siguiente tabla:

UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio : Alcalde Dávalos N° 128,
Providencia, Región
Metropolitana.
- Coordenadas Geográficas : 33º25'29" Latitud Sur.
70º37'31" Longitud Oeste.
Datum PSAD 56.
- Ubicación de la Planta Transmisora
y Sistema Radiante : Sector Los Copihues,
parcela Nº 25, Calera de
Tango, Región
Metropolitana.
- Coordenadas Geográficas : 33º34'48" Latitud Sur.
70º47'56" Longitud Oeste.
Datum PSAD 56.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO - PLANTA TRANSMISORA.
- Frecuencia : 323,2 MHz
- Potencia : 10 Watts.
- Ganancia : 5 dBd.
- Polarización : Horizontal.
- Tipo emisión : 54K0F3EGN.
- Antena : Yagi de 5 elementos.
- Coordenadas etapa
transmisora : 33º25'29" Latitud Sur.
70º37'31" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
- Coordenadas etapa
receptora : 33º34'48" Latitud Sur.
70º47'56" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones Subrogante.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 30-NOV-2011
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30-NOV-2011 |
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