Decreto 110
Decreto 110 OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
Promulgación: 05-MAY-2011
Publicación: 30-AGO-2011
Versión: Única - 30-AGO-2011
OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
Santiago, 5 de mayo de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 110.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo Nº 412 de 1995, modificado mediante decreto supremo Nº 315 de 2002, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el concurso público a que se refiere el artículo 13°C de la ley, para otorgar concesiones de servicios públicos de telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 4.902 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de frecuencias de 900 MHz; y
g) La resolución exenta Nº 5.808 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba bases del concurso público para otorgar concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de frecuencias de 900 MHz.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para otorgar concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de frecuencias de 900 MHz, con Cobertura Regional, efectuado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial en sus ediciones Nº 39.475 de 1 de octubre de 2009, y Nº 39.486 de 15 de octubre de 2009;
b) Lo solicitado por la interesada, según consta en el Acta de Recepción y Apertura de las respectivas solicitudes, de fecha 15 de enero de 2010;
c) El informe evacuado por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, remitido mediante Memorándum Nº 76/C, de 1 de abril de 2010;
d) Acta de Licitaciones para las asignaciones de concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de 900 MHz, de fecha 9 de diciembre de 2010;
e) La resolución exenta Nº 360 de 14.01.2011, que asigna concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones en la banda de frecuencias de 900 MHz;
f) Ingreso Subtel Nº 25.805 de 31.03.2011, que da cumplimiento al pago de licitación mediante Formulario Nº 10.
g) Que la postulante ha cumplido las demás exigencias previstas en las bases del presente concurso público en forma previa a la adjudicación, y en uso de mis atribuciones legales,
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, a la empresa Transam Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.652.650-5, con domicilio en calle Santo Domingo Nº 1894, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en la banda de frecuencias de 900 MHz, bloque B, con cobertura regional, para la IV Región, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
1. Que, de acuerdo al Acta de Licitaciones de la letra d) de los Considerandos, la postulante Transam Comunicaciones S.A. presentó una oferta válida para la asignación de la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, en el Bloque de frecuencias B, fijado por la Norma Técnica para el Servicio en cuestión, indicada en la letra f) de los Vistos.
2. Las características técnicas de las estaciones base y sus respectivas ubicaciones, se indican a continuación.

Las estaciones base se instalarán sobre infraestructura existente y debidamente autorizada a la proponente o a terceras concesionarias.
Los medios de transmisión y/o conmutación podrán ser propios o de terceros debidamente autorizados.
3. La zona de servicio está determinada por la zona de cobertura comprometida para cada una de las estaciones base señaladas anteriormente, de acuerdo al proyecto técnico presentado y a lo dispuesto en las bases del concurso.
4. Los plazos máximos se indican a continuación.

5. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria que se adjudicó el concurso público, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
6. El período de vigencia de la presente concesión será de 30 años, contados desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
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