Decreto 116
Decreto 116 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA CIUDAD DE SANTIAGO
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA CIUDAD DE SANTIAGO
Santiago, 5 de mayo de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 116.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) El decreto supremo Nº 236, de 29.12.1980, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y modificaciones posteriores.
Considerando:
a) La solicitud de modificación de la concesión, otorgada mediante el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel Nº 32.074, de 02.07.2010;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel Nº 26.176, de 20.05.2010, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º, inciso segundo, de la ley Nº 19.733, de 2001;
c) La escritura de adjudicación en remate del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Arica a Sociedad Comercial de Verificación de Publicidad y Marketing VP&M Limitada, de 23 de junio de 2010, celebrada ante Juan Antonio Retamal Concha, Notario Público de la Primera Notaría de Arica.
d) Que la adquirente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 21° y 22° de la ley, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en amplitud modulada, señal distintiva CB-114, para la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cuyo titular es Radio Nacional de Chile S.A., RUT Nº 70.061.100-0, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la Sociedad Comercial de Verificación de Publicidad y Marketing VP&M Limitada, RUT Nº 77.261.390-3, con domicilio en calle Dardignac N° 196, Dpto. 22, comuna de Recoleta, Región Metropolitana.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23° de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-AGO-2011
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12-AGO-2011 |
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