Decreto 119
Decreto 119 RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUERTO MONTT
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUERTO MONTT
Santiago, 5 de mayo de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 119.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el Reglamento;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
f) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fijó norma sobre requisitos básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
g) La resolución exenta Nº 479, de 1999, modificada por la resolución exenta Nº 1.117, de 2000, ambas de la Subsecretaría, que fijó norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
h) El decreto supremo Nº 106 de 13.09.1978, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que otorgó la concesión, publicado en el Diario Oficial de fecha 02.11.1978 y sus modificaciones;
i) La resolución exenta Nº 964, de 27.02.2009, de la Subsecretaría, que aprobó las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2009.
Considerando:
a) El llamado a concurso público para el otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial, edición N° 39.262, de 15.01.2009;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Seremitt N° 1.399, de 15.04.2009, mediante ingreso Subtel Nº 25.475, de 17.04.2009;
c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 98/C, de 12.06.2009;
d) La resolución exenta Nº 485, de 26.01.2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, para la localidad de Puerto Montt, X Región, a René Salinas Palacios S.A.;
e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, ni se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra d) precedente, y en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Renuévese por un período de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, una concesión de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada para la localidad de Puerto Montt, X Región, a René Salinas Palacios S.A., RUT Nº 86.985.500-6, con domicilio en Illapel Nº 60, comuna de Puerto Montt, X Región, en adelante la concesionaria.
2.- Apruébanse las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y modificaciones anteriores al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
3.- Facúltase a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en Amplitud Modulada, señal distintiva CD-93, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en
Amplitud Modulada.
- Zona de servicio Diurna : Localidad de Puerto Montt, X
Región.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 54 dB
(µV/m), referida al punto de
emisión de la señal.
- Zona de servicio Nocturna : Localidad de Puerto Montt, X
Región.
Superficie delimitada por
una intensidad de campo
mayor o igual que 75 dB
(µV/m), referida al punto de
emisión de la señal.
- Período de la concesión : 25 años.
- Potencia diurna : 10.000 Watts.
- Potencia nocturna : 10.000 Watts.
- Frecuencia : 930 kHz.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 10K0A3EGN.
- Diagrama de Radiación : Omnidireccional.
- Ganancia máxima : 0,172 dB (referidos a una
antena vertical corta).
- Polarización : Vertical.
- Tipo de antenas : Mástil radiante de 1/4
longitud de onda.
- Nº antenas : 1.
- Altura antena : 83,0 metros.
- Pérdidas en cables y
conectores : 0,31 dB.
- Contorno zona de servicio, según la siguiente tabla:
Radial 0° 45° 90° 135° 180° 225° 270° 315°
Zona
Diurna (km) 230,0 127,8 147,9 143,5 550,0 238,2 493,5 143,7
Zona
Nocturna
(km) 75,0 71,8 100,3 92,2 150, 76,9 93,5 75,0
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del estudio : Illapel Nº 60, comuna de
Puerto Montt, X Región.
- Coordenadas geográficas : 41º28'06" Latitud Sur.
72º56'11" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
- Ubicación de la planta transmisora
y sistema radiante : Km. 3,4 Ruta 226, Puerto
Montt, X Región.
- Coordenadas geográficas : 41º27'07" Latitud Sur.
73º01'17" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL RADIOENLACE ESTUDIO-PLANTA TRANSMISORA
- Frecuencia : 315,4 MHz.
- Potencia : 10 Watts.
- Ganancia : 10 dBd.
- Polarización : Vertical.
- Tipo emisión : 54K0F3EGN.
- Antena : Yagi de 5 elementos,
abertura de lóbulo principal
45º.
- Coordenadas etapa
transmisora : 41º28'06" Latitud Sur.
72º56'11" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
- Coordenadas etapa
receptora : 41º27'07" Latitud Sur.
73º01'17" Longitud Oeste.
Datum: PSAD 56.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por la Contraloría General de la República. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley.
5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique por carta certificada que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por la Contraloría General de la República.
6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
7.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, tómese razón, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 14-JUL-2011
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14-JUL-2011 |
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