Decreto 70
Decreto 70 MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE LA SERENA
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA CIUDAD DE LA SERENA
Santiago, 17 de marzo de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 70.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) El decreto supremo Nº 227 de 23.10.1989, que otorgó la concesión, renovada mediante decreto supremo Nº 247 de 02.09.2010, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, Ingreso Subtel Nº 33.350 de 21.07.2010;
b) El informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificada mediante Ingreso Subtel Nº 36.661 de 18.08.2010, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley Nº 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 6.288 de 15.11.2010, que autorizó previamente la transferencia;
d) La escritura pública de fecha 07.01.2011, perfeccionada ante doña María Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la Séptima Notaría de Santiago, que da cuenta material de la transferencia de la concesión de la letra f) de los Vistos, así como de la inserción en la misma de la resolución de la letra c) anterior, que dispuso la autorización previa a la que se refiere el inciso segundo del artículo 21º de la ley;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, Ingreso Subtel Nº 11.677 de 12.01.2011; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-101, para la ciudad de La Serena, IV Región, cuyo titular es Regional Media Group S.A., RUT Nº 96.988.470-4, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es Madero Comunicaciones Limitada, RUT Nº 76.079.600-K, con domicilio en calle Enrique Villegas Nº 2061, Villa Pedro Pablo Figueroa, comuna de Copiapó, III Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
---|---|---|---|---|
Única
De 14-MAY-2011
|
14-MAY-2011 |
Comparando Decreto 70 |
Loading...