Decreto 153
Decreto 153 MODIFICA DECRETOS Nº 202, DE 2014, Y Nº 150, DE 2015, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE SALUD
MODIFICA DECRETOS Nº 202, DE 2014, Y Nº 150, DE 2015, AMBOS DEL MINISTERIO DE SALUD
Núm. 153.- Santiago, 23 de diciembre de 2015.
Visto:
Lo informado por memorándum C52/Nº 119, de 15 de diciembre de 2015, de la División de Atención Primaria, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, del Ministerio de Salud; lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 24º, 26º, 28º, 49º, 51º y 56º inciso tercero de la Ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en los artículos 2º, 3º, 4º y 11º del decreto Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 19.378; en la ley Nº 20.883 de 2015, que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica; en el decreto Nº 202, de 2014, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a municipalidades que indica para sus entidades administradoras de salud municipal por período que señala; en el decreto Nº 150, de 2015, del Ministerio de Salud, que modifica decreto Nº 202, de 2014; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1.- Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 20.883, de 2015, se otorgó a contar del 1 de diciembre del año en curso, un reajuste de 4,1% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero de los trabajadores del sector público.
2.- Que, es necesario transferir a las municipalidades, las sumas correspondientes al mayor gasto que representa el aumento de remuneraciones descritos en el considerando anterior, en el nivel de la atención primaria de salud.
3.- Que existen mayores recursos para efectuar el aporte estatal a las entidades administradoras de salud municipal.
4.- La necesidad de modificar el monto del aporte estatal y del aporte básico unitario homogéneo.
5.- Que en mérito de lo expuesto, dicto el siguiente:
Decreto:
1.- Modifícase el artículo 1º del decreto Nº 150, de 2015, del Ministerio de Salud, en la forma que a continuación se indica:
- Sustitúyese, la expresión "$742.606.211.768 (Setecientos cuarenta y dos mil seiscientos seis millones, doscientos once mil setecientos sesenta y ocho pesos) por la siguiente:
"$744.648.477.993 (Setecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho millones, cuatrocientos setenta y siete mil novecientos noventa y tres pesos)".
2º.- Modifícase el artículo 2º letra a) del decreto Nº 202, de 2014, del Ministerio de Salud, en la forma que a continuación se indica:
- Sustitúyese la cifra "$4.373 (Cuatro mil trescientos setenta y tres pesos) por la siguiente:
"$4.516 (Cuatro mil quinientos dieciséis pesos)".
3º.- Déjase establecido la plena vigencia del decreto Nº 202, de 2014, y del decreto Nº 150, de 2015, que lo modifica, ambos del Ministerio de Salud, en todo lo no modificado por el presente decreto.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.- Jorge Burgos Varela, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- Alejandro Micco Aguayo, Ministro de Hacienda (S).
Transcribo para su conocimiento decreto afecto Nº 153, de 23-12-2015.- Saluda atentamente a Ud., Jaime Burrows Oyarzún, Subsecretario de Salud Pública.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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26-ENE-2016 |
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