Decreto 427
Decreto 427 DISPONE DELEGACIÓN DE FIRMA EN MATERIA QUE INDICA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Promulgación: 29-DIC-2010
Publicación: 06-MAY-2011
Versión: Única - 06-MAY-2011
DISPONE DELEGACIÓN DE FIRMA EN MATERIA QUE INDICA
Núm. 427.- Santiago, 29 de diciembre de 2010.- Visto: Lo dispuesto en la Glosa 01 de la Partida 12, de la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, que autorizó para contratar en el Ministerio de Obras Públicas, a personas a honorarios en calidad de Agentes Públicos, para desarrollar labores técnicas directamente relacionadas con la Infraestructura Pública que atiende dicha Secretaría de Estado; las facultades que me confieren los Arts. 5º y 41º del DFL Nº 1-19.653, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y Art. 65º de la Ley Nº 16.840; lo prescrito en el Art. 32º Nºs. 6 y 35 de la Constitución Política de Chile, y
Considerando: La necesidad de hacer más expedito el despacho de los decretos que contratan personal en calidad de Agentes Públicos a Honorarios en los términos de la Glosa Presupuestaria citada, en el Ministerio de Obras Públicas y sus servicios dependientes,
Decreto:
Delégase, en el Ministro de Obras Públicas, la facultad de firmar bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", los decretos supremos fundados que dispongan contratos de Agentes Públicos a Honorarios, en virtud de la autorización que contempla la Glosa 01 de la Partida 12 "Ministerio de Obras Públicas" de la Ley Nº 20.481, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2011, glosa común a todos los capítulos de esa Secretaría de Estado.
Esta delegación comprende también la facultad de poner término a los contratos de Agentes Públicos a Honorarios a que ella se refiere.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 06-MAY-2011
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06-MAY-2011 |
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