Decreto 291
Decreto 291 RATIFICA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE COBRO DE PEAJE EN PLAZA DE PEAJE CORONEL A TODO TIPO DE VEHÍCULO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
RATIFICA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE COBRO DE PEAJE EN PLAZA DE PEAJE CORONEL A TODO TIPO DE VEHÍCULO
Núm. 291.- Santiago, 12 de julio de 2010.- Vistos: El D.S. Nº 435 del 20 de diciembre de 1993, publicado en el Diario Oficial el 20 de enero de 1994, el D.S. Nº 150 de 27 de febrero de 2010, lo dispuesto en los Art. 75, 29 Nº 5 y 111 del D.F.L. MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley 15.840, de 1984 y del DFL Nº206, de 1960; lo señalado en el artículo 2 del DFL Nº25 de 2004, y lo establecido en el decreto supremo Nº 19 de 2001 (Art. 1 Sección IV Nº 2) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Considerando:
Que la medida adoptada tiene por finalidad paliar el impacto negativo que ha tenido en la colectividad la emergencia producida por el corte de la Ruta 160, que une las localidades de Concepción-Lebu VIII Región, como consecuencia de la catástrofe derivada del terremoto que afectó al país el pasado 27 de febrero de 2010,
Decreto:
Artículo único: Ratifícase la suspensión temporal de cobro de peaje en la plaza de peaje de Coronel ubicada en la Ruta 160, Concepción - Lebu (By-Pass Coronel), Km. 23,200, VIII Región, a todo tipo de vehículo a partir de las 03:35 hrs. del día sábado 27 de febrero 2010, hasta que se restablezcan las condiciones de tránsito en los puentes Juan Pablo II y Llacolén sobre el río Bío-Bío, lo que será declarado mediante resolución exenta del Director de Vialidad, previa publicación en un diario de circulación nacional.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 12-AGO-2010
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12-AGO-2010 |
Comparando Decreto 291 |
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