Decreto 129
Decreto 129 AUMENTA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PORTUARIAS Y DISMINUYE DOTACIONES MÁXIMAS DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Promulgación: 06-MAR-2009
Publicación: 16-MAY-2009
Versión: Única - 16-MAY-2009
AUMENTA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PORTUARIAS Y DISMINUYE DOTACIONES MÁXIMAS DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS
Núm. 129.- Santiago, 6 de marzo de 2009.- Vistos: Las facultades previstas en los artículos 32º Nº 6 y 35º, de la Constitución Política de la República de Chile; lo prescrito en el artículo 9º ley Nº 20.314, Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2009; el DFL Nº1-19.653, (MINSEGPRES), de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo establecido en el DFL MOP Nº 850, de 1977, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que el Sr. Ministro de Obras Públicas, solicitó a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda que se autorizara en forma extraordinaria fondos para la contratación de Inspectores Fiscales, para las Direcciones de Aeropuertos, Obras Portuarias, Arquitectura, Vialidad, Obras Hidráulicas, Programa de Agua Potable Rural y para la Coordinación General de Concesiones, los que fueron autorizados por dicho Ministerio.
Que a la Dirección de Obras Portuarias se le autorizaron fondos para la contratación de 20 Inspectores Fiscales, con lo cual su dotación máxima establecida en la letra a) de la glosa 02, del Programa 06, del Capítulo 02, de la Partida 12, de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2009, se excedía en 14 cupos,
Decreto:
1.- Auméntase la dotación máxima de personal de la Dirección de Obras Portuarias en 14 cupos, con cargo a la disminución de 7 cupos en la dotación de la Subsecretaría de Obras Públicas y de 7 cupos de la dotación de la Dirección General de Obras Públicas, previstas en las respectivas Glosas, Programas, Capítulos 01 y 02, de la Partida 12 de la ley Nº 20.314.
2.- Señálase que los traspasos de cupos dispuestos en el numeral anterior no significa, en caso alguno, transferencia de presupuesto desde la Subsecretaría de Obras Públicas y de la Dirección General de Obras Públicas a la Dirección de Obras Portuarias.
3.- Establécese que las dotaciones máximas de personal de los servicios que a continuación se indican serán las siguientes:
a) Subsecretaría de Obras Públicas: 555
b) Dirección General de Obras Públicas
Administración y Ejecución de Obras Públicas: 443
c) Dirección de Obras Portuarias: 252.
Anótese, tómese razón, regístrese comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Sergio Bitar, Ministro de Obras Públicas.- Andrés Velasco Brañes, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Juan Eduardo Saldivia Medina, Subsecretario de Obras Públicas.
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