Decreto 129
Decreto 129 MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Y AMPLITUD MODULADA, AMBAS PARA LA CIUDAD DE CHILLÁN
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA Y AMPLITUD MODULADA, AMBAS PARA LA CIUDAD DE CHILLÁN
Santiago, 6 de agosto de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 129.- Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
f) Los decretos supremos que otorgaron las concesiones, individualizados a continuación:

Considerando:
a) La solicitud de autorización previa para transferir las concesiones de Radiodifusión Sonora en frecuencia modulada y amplitud modulada, otorgadas mediante decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel N° 17.516 de 03.02.2012, complementada mediante ingreso Subtel Nº 26.123 de 08.03.2012;
b) Los informes favorables de la Fiscalía Nacional Económica, notificados mediante ingresos Subtel Nº 10.054 de 02.01.2012 y Nº 10.051 de 02.01.2012, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la Ley N° 19.733 de 2001;
c) La resolución exenta Nº 1.974, de 03.04.2012, que autorizó previamente la transferencia;
d) La escritura pública de fecha 06.06.2012, perfeccionada ante don Joaquín Tejos Henríquez, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Chillán;
e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 53.438 de 21.06.2012; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1. Modifícanse las concesiones de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-19 y Amplitud Modulada, señal distintiva CC-90, ambas para la ciudad de Chillán, VIII Región, cuyo titular es la sociedad Vaccaro Collao Hermanos y Compañía Limitada, RUT Nº 78.390.620-1, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la Sociedad de Inversiones Vaccaro Collao e Hijos Limitada, RUT Nº 76.059.019-3, con domicilio en calle 5 de Abril Nº 655, comuna de Chillán, VIII Región.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Pedro Pablo Errázuriz Domínguez, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Eduardo Charme Aguirre, Jefe División Concesiones.
Tipo Versión | Desde | Hasta | Modificaciones | |
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Única
De 19-OCT-2012
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19-OCT-2012 |
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